bobalote en Dxc allá por el 2005 escribió:Este fin de semana me dedique a transcribir un subtitulo que tengo prometido desde hace tiempo. Cuando se me cansaban las manos y necesitaba despejarme (cada 3 minutos
) me distraia investigando sobre la duracion de los derechos de explotacion de obras cinematograficas estos son los apuntes de dichas elucubraciones:
Hago notar que estamos hablando de los plazos de EXPLOTACION y no de otros derechos de autor.
Argentina:
Ley 11.723 28 de septiembre de 1933
Art 34 parrafo 2: "Sin perjuicio de las condiciones y protección de las obras originales reproducidas o adaptadas a películas, para las obras cinematográficas la duración del derecho de propiedad es de 30 años desde la fecha de la primera publicación."
Art. 15. "- La protección que la ley argentina acuerda a los autores extranjeros no se extenderá a un período mayor que el reconocido por las leyes del país donde se hubiere publicado la obra. Si tales leyes acuerdan una protección mayor regirán los términos de la presente ley."
Es decir que en ARGENTINA si la pelicula es anterior a 1975, ya sea nacional o extranjera, puede reproducirse y copiarse sin que el autor o productor puedan exigir renumeracion ninguna. 8O
Fuente:
http://www.secyt.gov.ar/11723.htmEspaña:
Real Decreto Legislativo 1/1996 LPI
Artículo 125. Duración de los derechos de explotación
"La duración de los derechos de explotación reconocidos a los productores de la primera fijación de una grabación audiovisual sera de cincuenta años, computados desde el día 1 de enero del año siguiente al de su realización.
No obstante, si, dentro de dicho período, la grabación se divulga lícitamente, los citados derechos expirarán a los cincuenta años desde la divulgación, computados desde el día 1 de enero del año siguiente a la fecha en que ésta se produzca."
Articulo 162 Productores, realizadores de meras fotografías y editores
parrafo 3. "Los plazos de protección previstos en los artículos 119 y 125 de esta Ley serán igualmente aplicables a los mencionados titulares que no sean nacionales de la Unión Europea siempre que tengan garantizada su protección en España mediante algún Convenio internacional. No obstante, sin perjuicio de las obligaciones internacionales que correspondan, el plazo de protección expirará en la fecha prevista en el país del que sea nacional el titular sin que, en ningún caso, la duración pueda exceder de la establecida en los artículos anteriormente mencionados."
Es decir que en ESPAÑA si la pelicula es anterior a 1955 puede reproducirse o copiarse no importa si la obra es nacional o extranjera. Como el plazo que corresponde es el del pais original o 50 años, lo que sea menor, para las peliculas ARGENTINAS se mantendria el plazo del pais de origen, 30 años. Y para el caso de las peliculas Americanas que en la mayoria de los casos los plazos son superiores, se mantendria asi mismo el plazo de 50 años.
Fuente:
http://civil.udg.es/normacivil/estatal/reals/Lpi.htmlUSA:
Resumiendo, mi ingles no es tan bueno.
Publicados antes de 1923: De dominio publico
Entre 1923 y 1963: 28 años de proteccion original RENOVABLES a 67 años adicionales (Durante el 28vo año debia llenarse un formulario pidiendo la extension del plazo)
Despues de 1963: 95 años de proteccion (por ahora
)
Los Filmes extranjeros gozan de la misma proteccion.
Es interesante remarcar que muchas veces los formularios de extension no eran debidamente presentados o contenian errores y eran rechazados perdiendo la proteccion adicional de 67 años, el caso mas famoso es el de "Charada". (Esta es la principal causa de que esta peli aparezca en cuanta collecion de DVD de bajo presupuesto que vea la luz
)
De otros directamente nunca se presentaron los formularios por estar las compañias productoras quebradas o en juicios (Tal es el caso del catalogo completo de la Monogram, la mayoria de los de la Republic, etc).
Esto ha dado lugar a una verdadera industria de gente que se dedica a buscar en los archivos los formularios originales de proteccion de derechos para saber si han sido renovados.
Fuente:
http://www.openflix.com/information/US-copyright.phpHasta ahora solo bajabamos "copias de seguridad" de nuestros DVD´s pero resulta que podemos bajar casi cualquier cosa de los clasicos sin, supuestamente inflingir ninguna norma. 8O
Y para terminar les dejo una peli de la cual no necesitan tener el DVD original, ya que el plazo de explotacion en su pais de origen expiró el primero de enero:
<a href="ed2k://|file|[ARG]%20-%20La%20Tregua%20(cine%20argentino).1974.avi|731832320|1F1AC4BF2D54DBF49F66738A75D9DCF1|/">[ARG] - La Tregua (cine argentino).avi</a>