RebeldeMule

Internet: control, libertad, privacidad.

Planta/anuncia un debate, noticias sueltas, convocatorias políticas o culturales, campañas de mecenazgo, novedades (editoriales, estrenos, próximas emisiones de tv...).

Nota Mar Oct 16, 2007 8:08 am
Encontrado aqui http://www.internautas.org/html/4532.html

PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN INTERNET

Juzgados, contenidos, foros y webs.

Ver tus datos incluidos en foros y webs, sin que hayas consentido para ello, puede constituir una lesión para al menos cuatro derechos fundamentales, e incluso, la comisión de un delito ¿tenemos leyes que nos protejan?

16-10-2007 - Las últimas noticias aparecidas en los medios de comunicación sobre la publicación de imágenes en Internet, sin el consentimiento de quienes aparecían en ellas, han puesto en el candelero los problemas técnicos y legales que Internet opone a la hora de intentar proteger a los afectados. Sin embargo, lejos de ser algo negativo, hay que valorar que nos ha abierto los ojos sobre cómo actuar ante estos problemas y, lo mejor, sobre las carencias de las autoridades a la hora de hacer real el contenido de las leyes.

Los derechos fundamentales afectados, cuando alguien publica en Internet datos de carácter personal sin el consentimiento de su titular, son: el derecho a la protección de datos personales (o el derecho de cada uno a decidir sobre su propia información personal), el derecho a la propia imagen, el derecho al honor y, el derecho a la intimidad (o el derecho a decidir qué aspectos de su vida quedan en el ámbito privado de la misma). La lesión de cualquiera de ellos puede llegar a solucionarse entre las partes implicadas sin más, demandándose entre si la reparación del daño sufrido, o bien, puede llegar a convertirse en un asunto penal, en un delito denunciable ante las Fuerzas de Seguridad del Estado y los Tribunales para que investiguen de oficio cuanto sea necesario.

La Constitución Española de 1978, ajena entonces al entramado de Internet, ya preveía el artículo 18.4 : “La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos” y, el Tribunal Constitucional (STC 292/2000), señaló además que entre los derechos citados también estaba el Derecho a la Protección de Datos. Esto significa que ya entonces la CE ordenaba la garantía legal de los derechos fundamentales frente al uso de la informática. En este sentido, hoy tenemos las específicas “Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen”, la “Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal” y, para el especial supuesto de los menores e incapaces, la “Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor”, cuyo artículo 4 merece especial atención porque es aplicable perfectamente al supuesto de la publicación de imágenes de un menor en Internet: “La difusión de información o la utilización de imágenes o nombre de los menores en los medios de comunicación que puedan implicar una intromisión ilegítima en su intimidad, honra o reputación, o que sea contraria a sus intereses, determinará la intervención del Ministerio Fiscal, que instará de inmediato las medidas cautelares y de protección previstas en la Ley (...) Sin perjuicio de las acciones de las que sean titulares los representantes legales del menor, corresponde en todo caso al Ministerio Fiscal su ejercicio, que podrá actuar de oficio o a instancia del propio menor o de cualquier persona interesada, física, jurídica o entidad pública”.

Continuando con las normas legales para Internet y sus contenidos, cuando entendamos que puedan estar cometiendo un delito, tenemos como último recurso el Código Penal, cuyo Título X “Delitos contra la intimidad, el derecho a la Propia Imagen y la Inviolabilidad del domicilio” y, los artículos 187 y siguientes, relativos a la pornografía infantil, contienes las previsiones necesarias para su protección.

Es evidente pues que tenemos Leyes que nos protegen frente al uso lesivo de la informática, ahora queda determinar cómo hacemos que estas normas sean algo real, aplicable a la práctica. ¿Dice algo la Ley? Pues si, y además es muy precisa para el caso de las lesiones contra el honor o la imagen porque prevé que el afectado pueda acudir a los tribunales civiles, y no sólo, también puede acudir a la vía penal. Pero es que además que los Juzgados actúen como sea necesario para finalizar esas lesiones:
“La tutela judicial comprenderá la adopción de todas las medidas necesarias para poner fin a la intromisión ilegítima de que se trate y restablecer al perjudicado en el pleno disfrute de sus derechos, así como para prevenir o impedir intromisiones ulteriores. Entre dichas medidas podrán incluirse las cautelares encaminadas al cese inmediato de la intromisión ilegítima (...)”.

Entonces, ¿por qué no existe protección? Esta es la normativa específica para imágenes y datos que puedan constituir lesiones al honor o la intimidad, y es la que debe aplicarse con prioridad por Juzgados y Tribunales.... y, ahí está el verdadero muro a la realidad legal de Internet.

Aquellos que deben aplicar la norma no encuentran cómo hacerlo, y presentan serias dificultades para asumir y controlar la dinámica de la red a pesar de que, técnicamente, es posible en la mayoría de los casos. En el último caso que se ha dado a conocer sobre el intento de un padre por retirar unas imágenes dañinas para el honor de su hijo, el problema no fue la Ley (porque existe), el problema no fue contactar con el prestador de servicios que alojaba el contenido (el propio padre lo hizo sin necesidad de contratar ni detectives privados ni forenses informáticos), el problema tampoco fue comunicarlo al Juez o al Fiscal (porque se hizo), el problema fue que la orden judicial de retirada de contenidos tardó más de 6 meses en llegar al proveedor de servicios en Internet. Increíble.

Al margen de las lesiones al honor, la imagen y a la intimidad, que tienen su normativa específica, existe además otra posibilidad que es necesario mencionar por estar muy relacionada con lo expuesto pero, ser totalmente independiente de ello: es el supuesto de que la información personal que aparezca publicada en Internet se limite simplemente a identificar a una persona, por ejemplo, se menciona un nombre y apellidos que aparecen asociados a un domicilio sin más.

¿Cómo puedo retirarlo? ¿Qué Ley me protege? Aquí entra en juego la acción de la Agencia de Protección de Datos, quien, bajo la LOPD, está capacitada para “adoptar las medidas cautelares y provisionales que requiera el ejercicio de la potestad sancionadora de la Agencia con relación a los responsables de los ficheros privados” e “iniciar, impulsar la instrucción y resolver los expedientes sancionadores referentes a los responsables de los ficheros privados, todo ello en relación con el tratamiento de datos personales por el titular de un fichero de datos.

Sin embargo, en estos casos si nos encontramos con un problema legal, bien de desarrollo, bien interpretativo, pero el caso es que la LOPD tal y como está hoy configurada se ve desbordada.

Cuando nos referimos al administrador de un foro, o al titular de una página web, que ofrece a sus usuarios un espacio libre para opinar, no estamos ante verdaderos “responsables del fichero” en el sentido que Europa y la propia LOPD definen (“la persona física o jurídica, autoridad pública, servicio o cualquier otro organismo que sólo o conjuntamente con otros determine los fines y los medios del tratamiento de datos, personales”). El administrador de un foro, sólo será responsable del fichero de datos que mantenga con los nombres, nicks e IPs de los usuarios que en él se registran, pero no, de los contenidos que éstos insertan.

Por lo tanto, tomar la interpretación de que el administrador o el titular de una web, que tan sólo ofrecen un espacio de opinión a sus usuarios, deben hacerse cargo de lo que éstos insertan, nos llevaría a la paradoja de convertirlos automáticamente, cuando la Agencia de Protección de Datos se lo comunique, en responsable de estos datos personales (con todo lo que ello conlleva legalmente) y, sin embargo, no lo sean del resto del contenido hasta que entre en juego un juez.

Así las normas, y hasta que no tengamos otra definición legal (mediante ley orgánica, porque tratamos derechos fundamentales) que atribuya nuevas competencias y responsabilidades, debemos deducir que:

a) para los casos en que en Internet esté en juego el derecho al honor, la intimidad y la propia imagen, las leyes específicas deben ser aplicadas siempre por Jueces y Tribunales (vía civil y/o penal) y,
b) para el caso de que la lesión se produzca específicamente sobre el derecho a la protección de datos, en el exclusivo marco que la LOPD ha diseñado para su protección, serán las autoridades de control las que podrán intervenir dirigiéndose al responsable del fichero.

Queda claro pues que, hoy por hoy, hay leyes suficientes para cubrir el mandato constitucional del artículo 18.4 CE (aunque siempre mejorables) respecto de Internet, que el verdadero problema está en que las autoridades judiciales, que tiene competencia para aplicarlas, carecen de los recursos necesarios para adaptarse a la dinámica de la Red y, lo que realmente hace falta es una norma procesal actualizada que permita a los Jueces actuar en aplicación de la legislación vigente.

Ofelia Tejerina.
Defensor del Internauta

Nota Lun Oct 22, 2007 8:33 am
Encontrado aqui http://www.internautas.org/html/4543.html

LEY DE CONSERVACIÓN DE DATOS DE LAS COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS

19 de Octubre de 2007: Día del Gran Hermano

Mientras unos se pelean con los otros, y todos entre si, sobre si la Ley de la recuperación de la memoria histórica condena suficientemente la represión franquista, o no. Sobre lo sucedido una vez que la resistencia fue liquidada y los últimos Maquis (guerrilla antifranquista), ejecutados o encarcelados, se esta imponiendo una amnesia total. En especial sobre el pasado mas próximo, ni la lucha contra el franquismo de la emergente sociedad civil en los años 60, ni la transición, ni los doce años de Gobierno de socialista con Felipe González a la cabeza , ni los ocho de Aznar, parece que hayan existido, y desde esa amnesia que abarca los derechos civiles, conquistados y consolidados en esos años, se esta diseñando la nueva “la memoria del futuro”.

22-10-2007 - El viernes 19 de octubre apareció publicado en el B.O.E. La Ley de conservación de datos de las comunicaciones electrónicas, a la que ya nos hemos referido en diversas ocasiones, la ultima vez, en el “ PP y PSOE, unidos para aprobar la Ley que permitirá controlarnos a través de Internet y las comunicaciones electrónicas” . Esta Ley permite un control del Estado sobre el ciudadano, que ni Franco, ni Musolini, ni el mismo Hitler o Stalin , fueron capaces de imaginar.

En cambio, al finalizar la II Guerra Mundial, un gran observador de la realidad social y sus tendencias como fue George Orwell
, si que lo hizo en la novela, 1984 basada en una extrapolación de prácticas de la Unión Soviética y de la Alemania Nazi , esa utopía negativa ubicada en el futuro cercano, lanzando así, una advertencia al mundo, sobre su futuro. Pero bajo el pretextó de la lucha contra la amenaza terrorista, la hemos olvidado.

Por eso, en este momento de recuperación del pasado, parece oportuno recordar que Orwel se alistó, al igual que miles de extranjeros, en las brigadas internacionales para luchar por la defensa de la libertad y la Republica Española. En diciembre de 1936 llego a Barcelona y fue asignado como miliciano al anti-estalinista POUM .

Fue muy critico con el Partido Comunista de España, especialmente por estar sometido al control soviético, y las mentiras que se usaban como propaganda para la manipulación informativa, que desemboco en la represión, a la que fueron sometidos tanto los militantes del POUM, como los trotskistas y anarquistas, y todo aquel que supusiera el menor atisbo de crítica. De forma que tuvo que elegir entre la huida o el encarcelamiento.

Años mas tarde, narraría esta experiencia en "Homenaje a Cataluña". Pero sin duda esta visión de la contienda, dentro de la contienda, de la utopía contra la distopía. Pero sobre todo, su propia vivencia de los hechos, y su percepción de los valores que defendió, y lo que combatió, la manipulación del individuo por el Poder mediante la propaganda primero y el terror después, contienen el germen de su obra maestra, la novela 1984. En ella, introdujo los conceptos del siempre presente y vigilante Gran Hermano , de la notoria habitación 101 , de la ubicua policía del pensamiento, y el Ministerio de la Abundancia, encargado de los asuntos relacionados con la economía y de conseguir que la gente viva siempre al borde de la subsistencia, que no cuestionen la información suministrada desde el Ministerio de la Verdad dedicado a escribir la Historia. Algo muy similar a lo que ocurre hoy en día con los mil euristas y la Ley de la Memoria Histórica.

Una vez establecido el recuerdo, (sea este nuestro homenaje a los olvidados luchadores de la libertad) quizá podamos entender mejor la realidad surgida el 19 de Octubre de 2006, día del nacimiento del Gran Hermano gracias al acuerdo alcanzado entre PSOE y PP. La opinión publica no ha sido informada de la publicación de la Ley. Los periódicos no han dedicado ni una línea para informar sobre su contenido, tampoco lo hicieron durante su tramitación parlamentaria, como tampoco lo ha hecho ningún miembro del Gobierno, ni de la Cámara, la labor de desinformación llevada a cabo por el Ministerio del Interior ( o seria mejor llamarlo Ministerio de la Verdad en clave Orweliana) ha sido casi perfecta, y decimos casi, porque Internet no lo pueden controlar por el momento. Aunque en eso están.

Mediante esta Ley se pretende crear enormes bases de datos de todos los ciudadanos, con los datos que se generan en nuestras comunicaciones electrónicas, ya sean telefónicas, mediante teléfonos móviles e incluso de telefonía por Internet, y también de las conexiones a Internet, que en vez de destruirse o hacerse anónimos se conservaran durante dos años. Mediante ellos se puede saber, los lugares por donde nos hemos movido durante los dos últimos años, con quien hemos hablado, donde estaba nuestro interlocutor, cuanto tiempo duro la conversación. También, se podrá saber quienes son nuestros amigos, nuestros clientes, los SMS que enviamos, a quien, las paginas web que visitamos, lo que descargamos, las compras que efectuamos por Internet, las operaciones de banca electrónica.... los correos que enviamos, a quien... en definitiva nuestros gustos y preferencias podrán ser conocidas y analizadas.
Con estos datos se construirá la memoria colectiva, que se esta empezando a escribir en los discos duros y demás unidades de memoria de los ordenadores de las ISP, que por cierto tendrán que pagar el CANON, y las ISP sin duda repercutirán en la factura a los consumidores. Ironía del destino tener que pagar a las gestoras de derechos de autor para que podamos ser espiados.

A esa memoria, en un futuro las autoridades podrán acceder, dentro de ciertos limites, que pretenden proteger a los ciudadanos del abuso según establece la Ley actual. Pero lo previsible no es que se ensanchen esas garantías o que la ley desaparezca, sino al contrario que las garantías se reduzcan y los derechos se limiten cada vez mas, en especial el derecho a la vida privada, la intimidad y la libertad de expresión, como esta ocurriendo en EE,UU, tras la USA Patriot

A nuestro juicio, a parte de asumir lo dicho en la editorial del pasado domingo y lo dicho en QUIS CUSTODIET IPSOS CUSTODES? (¿Quién guarda a los guardias?), para no repetir la argumentación, y añadiendo algo nuevo, sintetizamos descendiendo al terreno de la técnica los defectos que presenta la ley

1º De rango normativo: la ley afecta claramente a derechos fundamentales, como el derecho a la intimidad, la vida privada y el secreto de las comunicaciones, sin embargo es una Ley Ordinaria y por afectar a derechos fundamentales debería ser Ley Orgánica.

2º La ley afecta claramente a las competencias judiciales, establece un procedimiento para que el Juez autorice la entrega de la información, a nuestro juicio insuficiente, ya que no establece un verdadero control judicial, y no ha sido oído como es preceptivo el Consejo General del Poder Judicial.

La función consultiva del Consejo viene establecida en el art 108, en la letra e) dice, que tendrá que informar todos los anteproyectos de Ley referentes a: “ Normas procesales o que afecten a aspectos jurídico-constitucionales de la tutela ante los Tribunales ordinarios del ejercicio de Derechos Fundamentales y cualesquiera otras que afecten a la constitución, organización, funcionamiento y gobierno de los Juzgados y Tribunales”.

3º Falta de claridad y contradicción de la norma: En el art 1º apartado 1º fija como objeto de la cesión de datos la detección, investigación y enjuiciamiento de los delitos graves, es decir limita la cesión a delitos castigados con pena superior a tres años. Sin embargo al referirse en el articulo 6º a quienes son los receptores de la información en el apartado c) menciona a los miembros del CNI, y expresamente les excluye tal limitación, pues en este caso basta con que se trate de una investigación de seguridad, es decir lo que ellos quieran

4º Si bien es cierto que la policía necesitará autorización judicial para acceder a los datos, también lo es, que la interceptación de las comunicaciones se lleva a cabo de forma sistemática e indiscriminada, sin que medie una orden judicial. Por otra parte según el tenor literal del articulo 6º los datos no se entregan al juez para que discrimine cuales son relevantes para la investigación y cuales no, ni se incorporan a ningún tipo de diligencias previas, sino que se entregan directamente al agente facultado, quienes podrán disponer de ellos a su antojo sin control Judicial alguno.

Esta ausencia de control judicial permitirá que se reinvente la práctica desterrada por el Tribunal Supremo, y la Fiscalía General del Estado, (Circular 1/99), de realizar investigaciones predelictuales o de prospección desligadas de un hecho delictivo concreto, para ver si se descubre algo de alguien, por puro azar, pero sin saber qué se quiere descubrir.

Conviene recordar en relación con esto, que el Tribunal Constitucional en la sentencia 1951/1987 de 7 de Julio declaro inconstitucional la regulación del internamiento cautelar de extranjeros establecido en el art 26.2 de la primera Ley de Extranjeria 7/1985, precisamente por dejar el internamiento a disposición de la Autoridad Gubernativa y estableció algunas cautelas orientadas a enfatizar el papel de la autoridad judicial en la salvaguarda de los derechos de las personas afectadas. En aquel caso el derecho afectado era la libertad, ahora lo es, el derecho a la vida privada y la intimidad.

También preocupa que la nueva Ley, modifica la Ley General de Telecomunicaciones, concretamente el articulo 33, referente al secreto de las comunicaciones, para lavarse la cara, el Gobierno intentando incluir en la Ley, el núcleo del Reglamento que fue aprobado el 15 de abril de 2005, en el que se regula la interceptación de las comunicaciones y fue recurrido por la Asociación de Internautas, por referirse a una materia que esta reservada a la LEY, y que esta pendiente de resolución por el Tribunal Supremo. De esta forma intentan dejar sin efecto la futurible sentencia del Tribunal Supremo. Pero vuelve a equivocarse, la materia esta reservada a Ley Orgánica, que tiene un rango superior a la Ley Ordinaria que es la ahora utilizada y queda sin resolver el problema de las interceptaciones realizadas durante estos cuatro años.

Nota Lun Oct 22, 2007 9:44 am
la noticia tiene la suficiente gravedad como para ser leida por todos.

Por todos los que no les aburra la recurrencia a recurrir como recurso recurrente al rollo patatero del stalinismo.

se reconoce que existe el gran hermano, se reconoce que es el enemigo, y lo mas inteligente es buscar la división entre aquellos que lo derrotaron y el resto de los mortales.

Puestos a repartir que quede claro que capitalismo y fascismo van juntitos y de la mano, que parece que a la peña se le olvida.

Y aquellos que derrotaron al fascismo que tuvieron en jaque al capital y que fueron derrotados con nuestra colaboracion "del bienestar pequeñoburgues" no hay que ensuciarlos simplemente porque el pisuerga pase por Valladolid.

Y sino que hagan la guerra por su cuenta y veran lo que les pasa...

Y la cosa no va con el compañero Guineu por supuesto, sino por los lastrantres y laxantes "apuntes historicos"... que más españoles murieron en alhucemas y no se comenta a cada rato, coño.

Nota Mié Oct 24, 2007 7:47 am
Encontrado aqui http://www.internautas.org/html/4546.html

VARIAS SENTENCIAS JUDICIALES EMPIEZAN A PONER COTO A LA IMPUNIDAD EN LA RED -

Insultar en el 'blog' se paga

Insultos, comentarios ofensivos o incluso publicidad engañosa. Mensajes que buscan intencionadamente provocar la reacción del autor del blog o de los otros comentaristas. Son los llamados troll, y buscan desde divertirse hasta molestar al blogger o desviar la discusión que se está manteniendo. El mundo blog, el universo que ha permitido a millones de personas compartir opiniones, aportar datos o explicar sus vivencias personales, empieza a mostrar su lado más vulnerable. Los casos de juicios por injurias, acoso, problemas empresariales aireados, empiezan a proliferar. Y la impunidad de la que se ha gozado hasta ahora empieza a resquebrajarse.


23-10-2007 - M. R. SAHUQUILLO / R. MUÑOZ - Madrid -EL País .- Dos sentencias en Reino Unido acaban de reabrir la polémica sobre la responsabilidad de los comentarios anónimos que se vierten en las webs. El presidente y los máximos directivos del club de fútbol inglés Sheffield Wednesday han ganado una demanda que obliga a los propietarios de una web a identificar a los autores de una serie de comentarios ofensivos contra ellos.

En concreto, el juez condena al dueño de la página aowstalk.co.uk a desenmascarar la identidad de tres fans del equipo que, bajo apodos como halfpint (media pinta), habían mostrado su insatisfacción por la marcha del club, cargando contra los directivos mediante unos comentarios en los que se les acusaba de "avaricia, egoísmo, desconfianza y deshonestidad", según publicó ayer el periódico británico The Guardian. Eso sí, el magistrado ha desestimado la identificación de otros ocho fans al entender que sus comentarios eran simples bromas.

Otra sentencia de la pasada semana condenaba a John Finn, propietario de la firma inmobiliaria Pallion Housing, al considerarle responsable del lanzamiento de una campaña mediante comentarios anónimos colgados en distintas páginas en Internet contra su rival Gentoo Group, sus empleados y su dueño, Peter Walls.

En España, los tiros apuntan hacia otro lado. Las denuncias se dirigen mayoritariamente hacia las páginas web o los bloggers, en lugar de hacia los participantes en los foros. Así ocurre en los tres casos abiertos en los tribunales por denuncias sobre comentarios colgados en webs. El más reciente es la sentencia de un juzgado de primera instancia de Madrid que condenó en septiembre a pagar 6.000 euros a un presunto responsable de la web alasbarricadas.org por los comentarios anónimos vertidos contra José Ramón Julio Márquez, el cantante Ramoncín.

El abogado Carlos Sánchez Almeida, cuyo bufete lleva el caso, critica la sentencia porque, al contrario de lo sucedido en Reino Unido, en ningún momento "al demandante le interesó saber quiénes eran los verdaderos autores de los comentarios y no hizo el más mínimo esfuerzo por investigarlo". Ramoncín contrató a un detective privado para averiguar quién o quiénes eran los propietarios de la web. "Pero, ante la falta de pruebas, la juez ha condenado a la persona que registró el dominio, que ni siquiera era el administrador de la página (webmaster), sabiendo que en cuanto se tuvo conocimiento de esos comentarios ofensivos, fueron retirados", dice Sánchez Almeida.

El condenado, que prefiere aparecer como Jordi, señala que el fallo "es surrealista". "Me condena por unos comentarios que se hicieron en una sección sobre la que nadie tiene ningún control, que está a disposición de la gente que quiere dar su opinión", dice.

Alasbarricadas.org ha recaudado ya 5.700 euros de donaciones de internautas para el pago de la multa, aunque la sentencia ha sido recurrida.

En España, todos los implicados coinciden en que la inseguridad jurídica acerca de estos casos es absoluta. Los jueces, en primera instancia, están aplicando la legislación penal de intromisión al honor o de propiedad intelectual, mientras que los representantes de las páginas web demandadas exigen que se aplique la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información (LSSI).

Esta ley recoge una directiva comunitaria que señala que los propietarios de las páginas web no son responsables de los comentarios que se vierten en ellas, salvo que, cuando tengan conocimiento de que esas opiniones son ilícitas, no los retiren rápidamente. La directiva deja claro que los responsables de las webs no están obligados a supervisar los contenidos, es decir, no establece la figura de un moderador.

También se encuentra recurrido ante el Tribunal Supremo el fallo de la Audiencia Provincial de Madrid que condenó a la Asociación de Internautas (AI) a pagar 36.000 euros a la Sociedad General de Autores y Editores por alojar la web putaSGAE.org, al considerar que la página constituía una intromisión ilegítima en el derecho fundamental al honor.

"Se trata de un intento de amedrentar a Internet en su conjunto, ya que la sentencia carga la responsabilidad a los proveedores de servicios -la AI sólo ofrecía el alojamiento de la página- y no a los autores directos de los contenidos", señala Víctor Domingo, presidente de la asociación. Domingo coincide con Almeida en que detrás de estos fallos "está la mano negra de la SGAE". "Lo que pretende la SGAE es, primero, hacer responsables a las páginas web y, si tiene éxito, ir a por los proveedores de acceso a Internet para obligarles a que controlen las descargas de sus abonados", señala Sánchez Almeida.

El tercer caso atañe a un foro alojado en la web bandaancha.st. En él se colgaron una serie de comentarios técnicos sobre el servicio que prestaba la operadora Comunitel (hoy en manos de Tele2), y la compañía los denunció por entender que se trataba de información confidencial. Los responsables de la web denunciada se negaron a retirar esas opiniones. "Hemos colaborado en todo momento en averiguar el registro de IP desde donde se remitieron esos comentarios, como nos pidió el juez. Pero sólo los retiraremos si éste lo dicta", dice Josua Llorach, administrador de la página.

"José Antonio, cabrón, cuando tenga coche te voy a matar"; este comentario, colgado por ataulfo webos largos en el blog de Iván Fresneda, le costó a este chico de 18 años un disgusto y una multa de 200 euros. El mencionado José Antonio, profesor de Filosofía de Iván en el instituto, le denunció por injurias.

En el juicio, celebrado en verano de 2006, Iván facilitó al juez la dirección IP -el número que identifica cada conexión a Internet, que puede ser fija o dinámica- desde donde se habían vertido los comentarios. No sirvió y fue condenado. "Si un escrito ajeno es publicado sin que el medio conozca la identidad de su autor, ha de entenderse que el medio ha asumido su contenido", decía la sentencia.

Iván ha recurrido a la Audiencia Provincial de Madrid y ha ganado. Asegura que mostró buena voluntad y ayudó a facilitar la identidad del autor del comentario insultante. "No tengo por qué responder de un comentario que hace otro", dice, y explica que las leyes están muy verdes en todo lo relacionado con Internet. "Mi juicio fue un caos. Tuvimos que explicar incluso al juez qué era un blog y cómo funcionaba", se queja. Sí tendrá que pagar otros 200 euros, sin embargo, por un comentario que él mismo hizo en su blog, en el que criticaba los métodos educativos de su profesor.

Desde que todo sucedió, su web (http://www.mafius.com), que recoge opiniones sobre temas políticos y sociales, ha crecido. Ahora escriben en ella otras cuatro personas y reciben unas 3.000 visitas al día. A pesar de la mala experiencia, sigue sin moderar los comentarios. Asegura que no dan abasto.

En el mundo del ciberespacio y de los blogs hay una regla importante aunque no escrita: don't feed the troll, es decir, nunca contestes a un troll, a una persona que deja insultos o comentarios malignos. "Verter exabruptos es una manera incluso de publicitar sus propios blogs. Otros lo hacen por jorobar", explica Arturo Vallejo. A él le ocurrió en su blog Diario de una Miss Intelijente (http://soyunamiss.blogspot.com), en el que escribía el diario de una supuesta miss de todo, menos inteligente.

Vallejo, un periodista leonés de 39 años que tuvo tanto éxito con su blog que publicó un libro con los mejores post, explica que recibía insultos a diario. "Algunos los dejo porque son graciosos; otros no, porque además no aportan nada. Al fin y al cabo, tu blog es tuyo y no tienes por qué aguantar que alguien venga a insultarte".
A Gina Tonic le han dicho de todo. Mantiene su blog desde 2004 -www.ginatonic.net- y en él habla de lo divino y lo humano. De arte, de política, de sexo... Y es precisamente este último tema el que recibe más comentarios dañinos. "Parece que no nos acostumbramos a que una chica hable de sexo. Pero no sólo me insultan a mí. También a otras", explica desde Barcelona. Por eso Gina modera los comentarios que entran en su blog -"cuando faltan al respeto, elimino el mensaje", dice-, y cuando ve que esos comentarios insultantes son repetidos por una misma dirección IP, la bloquea. "La gente no entiende que en Internet hay unas normas no escritas que se rigen por el respeto a las personas. Hay gente que se esconde pensando erróneamente que en Internet son anónimos", explica.

La ley no obliga a moderar los comentarios, pero, según Álvaro Cuesta, de X-Novo, asesores en derecho tecnológico, todos deberían hacerlo "para curarse en salud". "La legislación dice que los blogs se asimilan a cualquier medio de comunicación. Por tanto, deben cumplir las mismas reglas de autoría. Lo que no queda claro es si los comentarios que se hacen en un blog son responsabilidad del autor o no. Hay un vacío legal", dice Cuesta.

"No veo bien censurar los comentarios, pero en parte lo entiendo, sobre todo en los blogs personales en los que no se gana dinero", dice José María Mateos. Este joven de 26 años, autor de Las penas del agente Smith (http://rinzewind.org), participa también en el Manifestómetro (http://manifestometro.blogspot.com). Cree que cada persona tiene responsabilidad sobre los comentarios que realiza. Por eso no modera los comentarios en su blog, en el que habla de política, astronomía, ecología, gastronomía... "Mis comentaristas suelen ser civilizados, y yo no quiero controlar lo que la gente pone y deja de poner. No censuro; de vez en cuando, doy un toque de atención. Es cierto que a veces me han insultado, pero me resbala", cuenta.


Si el Supremo hace caso a la Fiscalía, estamos ante un momento histórico por la libertad de expresión en Internet

Nota Mar Nov 06, 2007 6:58 pm
Encontrado aqui http://www.internautas.org/html/4569.html

LISI
El Congreso español acepta la censura previa en Internet redistribuyendo competencias propias de los jueces

El pasado 31 de Octubre el Congreso de los Diputados aprobó el proyecto de Ley de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información, con previsiones tan graves como la de permitir a grupos políticos o administraciones públicas la censura previa en Internet. Parece que el impulso lo da para caer en picado en la carrera del progreso del poder judicial y de la sociedad tecnológica en España.

Internautas Televisión05-11-2007 -

A pesar de las advertencias que la Comisión Europea ha lanzado ya a nuestro país, sobre el respeto a los derechos fundamentales en Internet y, el respeto a los procedimientos legales para determinar responsabilidades (caso Promusicae), nuestro poder legislativo se empeña en mostrar sin tapujos, y hasta con orgullo diría yo, su falta de cultura digital. Continúa con su particular cruzada: “ante lo que no comprendo, y por tanto no puedo controlar en su medida y justa proporción, impongo el cierre por las bravas”. Tan bravas son que permite que, tanto administraciones públicas como partidos políticos (incluso asociaciones con pocos escrúpulos) sean autoridades supuestamente “competentes” para determinar el cierre de páginas web cuando sus contenidos les molesten.

Es obvio que el Congreso español ha oído que Internet exige inmediatez pero, en vez de utilizar la tecnología actual y los recursos que ofrece la Constitución Española, toma un atajo mortal y nos impone la redacción del artículo 11 de la LISI: a priori, CENSURA (dónde vas, peras traigo). Para cerrar una página web bastará que alguien aparente capacidad para ello y, así sin más, lo requiera al titular de la misma. Ya después, en un momento posterior, si este titular afectado cree que ese “alguien” no tenía competencias ni razones suficientes para cerrar su página web, o que se ha lesionado su derecho a la libertad de expresión, entonces podrá dirigirse a un JUZGADO PARA RECLAMAR, pero esto ya sin prisas, porque el caso es que la página habrá desaparecido, y vaya usted a saber por cuánto tiempo o por qué motivos, tal vez incluso baste con contener “una verdad incómoda” …

Es decir, en vez de agilizar el sistema judicial, de prepararlo y de dotarlo de recursos suficientes, con esta Ley de Impulso de la Sociedad de la Información, el legislativo acorta distancias y reparte el trabajo de éstos entre todo aquel que se erija competente para velar por sus intereses (administraciones, grupos políticos, asociaciones…).

Es más, la Ley pretende ocultar el descalabro que provoca en la determinación de responsabilidades y de competencias diciendo que “la autorización del secuestro de páginas de Internet o de su restricción cuando ésta afecte a los derechos y libertades de expresión e información y demás amparados en los términos establecidos en el artículo 20 de la Constitución solo podrá ser decidida por los órganos jurisdiccionales competentes”.

Pero al igual que las penas, la verdad flota: ¿quién determina a priori cuándo estaremos ante una web protegida por el derecho y libertades de expresión y cuándo ante una que no lo esté?

La Constitución Española dice que lo deben hacer los jueces, la Ley de impulso de la sociedad de la información dice que lo hará “la autoridad competente”.

El Congreso ha aprobado este atajo, repartiendo competencias y capacidades propias del poder judicial, ignorando deliberadamente (o no) sus consecuencias reales y, elogiando con imprudencia temeraria sus bondades como “límite” al amplio permiso que otorga para censurar. Nos queda la duda de si el Senado adolece de idéntica falta de cultura digital mezclada con interesada comodidad, y lo aceptará tal cual para evitar reformar y actualizar un sistema judicial, carente de todo recurso básico para afrontar éste y otros tantos problemas que se dan en la Red a la hora de aplicarle las Leyes vigentes.

Es más, el hecho de que el Congreso haya aprobado la Ley de medidas de impulso de la sociedad de la información, el Día de Difuntos, ya presagia lo peor para la libertad de expresión en España. Esperemos que el Senado no haga lo propio el día de Los Santos Inocentes….

Defensor del Internauta

Nota Jue Nov 08, 2007 1:23 pm
Encontrado http://www.elmundo.es/navegante/2007/11 ... 26048.html

Yahoo! pide otra vez disculpas por el encarcelamiento de dos disidentes chinos

Actualizado miércoles 07/11/2007 10:12 (CET) EFE

WASHINGTON.- El fundador y principal ejecutivo de Yahoo!, Jerry Yang, pidió disculpas a los familiares de dos disidentes encarcelados por las autoridades chinas, que los identificaron con la ayuda de su empresa informática.

"Quiero personalmente ofrecer disculpas por lo que están pasando", señaló Yang, durante una audiencia del Comité de Relaciones Exteriores de la Cámara de Representantes de EEUU, durante la que la empresa fue duramente criticada.

"Aunque tecnológica y financieramente ustedes son gigantes, moralmente son unos pigmeos", afirmó Tom Lantos, presidente del comité, quien habló directamente a Yang y a su asesor jurídico, Michael Callahan.

Las críticas de los legisladores, republicanos y demócratas, estuvieron relacionadas principalmente con el caso de Shi Tao, un periodista acusado por las autoridades chinas de sacar al exterior secretos de Estado. El pasado abril, Shi fue sentenciado a diez años de cárcel por ese delito. El otro disidente perjudicado por la colaboración de Yahoo! fue identificado como Wang Xiaoning.

Según Lantos, el crimen de Shi fue haber transmitido a grupos de defensa de los derechos humanos en el exterior un mensaje electrónico de las autoridades chinas. Para ello, utilizó el servicio de mensajes de Yahoo!. Ese mensaje ordenaba que los periodistas no informaran sobre el decimoquinto aniversario de las manifestaciones de la plaza de Tiananmen de 1989, en las que murió un número no determinado de promotores de la democracia, según Lantos.

Yahoo! no sabe nada
Yang afirmó que su oficina en Pekín no sabía que la información que entregó a las autoridades chinas tuviese que ver con algún disidente.

El año pasado, Callahan dijo, ante el Congreso, que Yahoo no sabía de la existencia de una investigación en torno a los disidentes cuando entregó la información.

Sin embargo, Lantos señaló que una empresa como Yahoo! "debió haber tomado todas las medidas concebibles para no acceder de manera automática a una solicitud de ese tipo, formulada por el aparato policial chino".

Por otra parte, agregó, "aunque el señor Callahan no conociera los hechos, otros empleados de Yahoo! sí conocían la naturaleza de la investigación". Las acciones de Yahoo han sido "irresponsables e inescrupulosas", precisó Lantos.

No es la primera vez que Yahoo! es acusada de colaborar con la detención de disidentes chinos. El año pasado, por ejemplo, fue acusada de colaborar con la policía china en la detención del ciberdisidente Jiang Lijun.

Además, una comisión del Congreso de los Estados Unidos respaldaba el mes pasado un proyecto de ley que podría prohibir a las compañías de Internet de Estados Unidos que cooperen con las autoridades chinas y otros gobiernos represivos.

Nota Jue Nov 15, 2007 8:10 am
UNA PREGUNTA SIN RESPUESTA

¿Por qué aún la Lisi dice “órgano competente” dónde supuestamente quiere decir “juez”?

La Asociación de Internautas lleva mucho tiempo denunciando públicamente la oscura redacción de la futura LISI, lo confuso de sus términos e, indirectamente, de sus intenciones. Desde que empezaran a moverse entre diversos colectivos las propuestas de redacción para el precepto que prevé la restricción de contenidos en Internet, el texto ha ido evolucionando en número de párrafos y adornos, pero, sigue sin determinar cuál es el “órgano competente” para restringir contenidos en Internet, ni cuándo puede hacerlo.

15-11-2007 - Así las cosas, el pasado día de difuntos (31 de Octubre), el Congreso aprobó el proyecto de Ley conteniendo la previsión de que la autoridad competente podrá ordenar la restricción de contenidos de páginas web, pero, “aclara” que “la autorización del secuestro de páginas de Internet o de su restricción CUANDO ÉSTA AFECTE a los derechos y libertades de expresión e información y demás amparados en los términos establecidos en el artículo 20 de la Constitución solo podrá ser decidida por los órganos jurisdiccionales competentes”. Pues bien, desde la Asociación de Internautas hemos pedido en innumerables ocasiones que la Ley explique con claridad las ambigüedades que contiene:

1.Quién es ese misterioso “órgano competente”,

2.en qué momento decide y,

3.cuáles son los derechos y libertades constitucionales que están en juego en los contenidos web de cada caso concreto.

Según la redacción aprobada por el Congreso no hay respuesta a ninguna de estas cuestiones, ni sabemos “quién” es por norma general competente, ni sabemos “cuándo” va a poder intervenir un juez (antes o después, sobre un contenido u otro).

A pesar de que los grupos parlamentarios han “oído (no tanto “escuchado”) a los numerosos colectivos que exigen esta aclaración, entre ellos la Asociación de Internautas, nos encontramos con que se mantiene la potestad del misterioso “órgano competente”. Incluso, aún nos podemos encontrar con justificaciones como la que ofrece Lourdes Muñoz Santamaría (diputada del PSC) - responsable de cambiar algunos artículos de la Ley, para que la Ley quedara igual que al principio-, señala en su blog, que “toda Internet no es una publicación. Internet es una red, donde hay web que alojan publicaciones y diversos contenidos digitales No se puede equiparar a un conjunto de publicaciones (como si de publicaciones en papel de trataran revisas, periódicos, libros, artículos...)”, sin ver las evidentes diferencias entre la tradicional “publicación” de la Ley de la Imprenta y, el nuevo sistema de publicación de contenidos que significa Internet. Tampoco ve distinciones entre el “contenido” o la actividad económica que subyace a ello. Más adelante, pone como ejemplos de contenidos que no afectan a la libertad de expresión o información “Otros como cuando son instrumentos para ejercer el terrorismo, la pedofilia o la xenofobia”. Esto es cierto, pero precisamente porque estos supuestos son entre otras cosas, contenidos delictivos, es decir, que sólo un juez puede fiscalizarlos, al igual que sucede con los delitos contra la salud pública o los delitos de orden público (y demás extremos que supuestamente acota la Ley).

También nos repite, respecto de un artículo publicado por la Asociación de Internautas, que, “Ni un partido político, ni una asociación privada, ni siquiera un órgano competente podrán restringir una web si afecta a derechos o libertad de información o expresión”, sin embargo, al igual que el texto de la LISI, no nos dice cuándo estaremos ante estos supuestos, ni quien o cómo lo va a decidir.

En consecuencia, si no sabemos quién es la autoridad competente, no sabemos si nuestros contenidos afectan o no a la libertad de expresión, tampoco si son delictivos o, si el órgano que nos pide que retiremos los contenidos es competente para ello, ¿entonces cómo actuaremos? La única solución práctica (de aplicación a la realidad física) pasa inevitablemente por explicar a los proveedores de servicios de la sociedad de la información que, ante el más mínimo requerimiento, por extraño que parezca, no se nieguen a cancelar contenidos web pues, no hay forma humana de conocer efectivamente sin la intervención de un juez, si unos contenidos son delictivos o, si están protegidos por la Constitución. Por lo tanto, no queda otra que claudicar a la censura previa de aquel se “autonombre” competente, evitando a priori consecuencias más graves como las sanciones económicas y/o, largos y costosos procesos judiciales sobre las incógnitas de la ley.

Encontrado aqui http://www.internautas.org/html/4587.html

Nota Vie Nov 23, 2007 9:49 am
ORGANIZACIONES CIVILES ALERTAN SOBRE EL RECORTE DE LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y DE PRIVACIDAD CON LAS NUEVAS NORMAS

Internet entra en una etapa de mayor control estatal

No se pueden poner puertas al campo. Es el argumento de quienes creen que no es posible regular internet. Pero la evidencia de los últimos años es bien distinta. Los gobiernos están poniendo puertas al campo, tapias, vallados y están cerrándolo a cal y canto. Para bien o para mal.

23-11-2007 - Adolfo Estalella / Cinco Días .-

El Gobierno ha aprobado en el mes de octubre una nueva ley (ley de retención de datos relativa a las comunicaciones electrónicas) que obliga a las empresas de comunicaciones (operadoras móviles y fijas, proveedores de internet, etcétera) a guardar masivamente durante dos años los datos de todas nuestras comunicaciones: cuando llamamos o nos conectamos a internet, a quién llamamos, desde qué lugar (en el caso de los móviles)... Todo eso para que la policía, y demás cuerpos de seguridad puedan acceder a ello. Y siguiendo un tortuoso trámite el Congreso debate otro proyecto (la Ley de Impulso de la Sociedad de la Información, conocida como LISI), con la que (entre otras muchas cuestiones) se abre la posibilidad de que instituciones diferentes a los jueces ordenen el cierre de páginas web en internet sin necesidad de pasar por el juzgado.

Tanto una como otra han recibido insistentes críticas de diversas organizaciones civiles (la Asociación de Internautas, la Asociación de Usuarios de Internet, la Comisión de Libertades de Internet, entre otras) que han alertado sobre el recorte que ambas leyes dan a derechos fundamentales de los ciudadanos como la privacidad de las comunicaciones (en el caso de la primera) y el derecho a expresarse libremente en internet sin temor a que una institución diferente a un juez decida que no tiene derecho a expresarse (en el caso del proyecto de la LISI).

El panorama lo describe sombríamente Víctor Domingo, el beligerante presidente de la Asociación de Internautas: 'Nos encontramos con un retroceso de las libertades con unas leyes que son aprobadas por el Gobierno, como si tal cosa, con toda naturalidad'. De más grueso calibre es el diagnóstico del teniente fiscal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Pedro Martínez, que en un reciente artículo decía que la ley de retención de datos 'permite un control del Estado sobre el ciudadano, que ni Franco, ni Mussolini, ni el mismo Hitler o Stalin, fueron capaces de imaginar'. Y entrando en materia describía los detalles: 'Mediante esta Ley se pretende crear enormes bases de datos de todos los ciudadanos, con los datos que se generan en nuestras comunicaciones electrónicas, ya sean telefónicas, mediante teléfonos móviles e incluso de telefonía por internet, y también de las conexiones a internet, que en vez de destruirse o hacerse anónimos se conservarán durante dos años'.

Con la nueva ley se crean repositorios masivos de datos a los que la policía podrá acceder de forma indiscriminada una vez que tienen autorización judicial. Es decir, que los datos de nuestras comunicaciones privadas podrán ser examinados 'para ver si se descubre algo de alguien, por puro azar, pero sin saber qué se quiere descubrir', somos sospechosos por defecto, señala el teniente fiscal Martínez.

La nueva ley abre la opción a cerrar web sin necesidad de pasar por el juzgado

Y lo que se crea es una asimetría total entre el Estado y los ciudadanos, según lo interpreta la Comisión para las Libertades en Internet (CLI). Mientras el Estado sabe cada vez más de los ciudadanos, estos ignoran cada vez más la vigilancia a la que se encuentran sistemáticamente sometidos: 'El Estado y las empresas, acumulan (y se cruzan) cada vez más datos sobre los ciudadanos y cada vez resulta más difícil conocer lo que saben de nosotros', decían en un informe realizado sobre esta ley, 'el ansia por parte de las administraciones y de las empresas de obtener información de carácter personal de cada uno de nosotros, crece de forma inversamente proporcional a la debida transparencia'. Diversos informes publicados a lo largo de los últimos años por organizaciones de derechos internacionales como la Privacy International, organización de ámbito europeo, señalan que la retención de estos datos era una aspiración que los cuerpos de seguridad de la UE tenían desde hace años y que encontraron en la lucha antiterrorista iniciada en el año 2001 la coartada perfecta para satisfacerla.

La tendencia actual es el recorte del derecho de privacidad de los ciudadanos en toda Europa, y en el resto del mundo, según señala la organización Privacy Internacional. 'Cuando se vea el impacto que esta ley tiene en la sociedad será muy tarde', señala con pesimismo el teniente fiscal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Efectos directos

•Los datos de nuestras comunicaciones serán almacenados: hora en la que nos conectamos, duración, destinatario, lugar desde el que lo hacemos (en el caso de los móviles), etcétera.

•La LISI en trámite permite el cierre de web a los 'órganos competentes' cuando afecten al orden público, la protección de la infancia o de la salud pública.

•Lo controvertido es si en ciertos casos el cierre podrá declararse por órganos diferentes a los jueces.

Una norma que afecta a los derechos fundamentales

Un joven abre un blog y critica la gestión de la dirección de su instituto. La dirección del centro persigue el cierre del blog por la 'mala imagen que daba del centro', según el protagonista. Denuncia y juicio por un comentario anónimo injurioso. Sentencia y multa de 200 euros por las injurias del anónimo. Un año después, aquel joven continúa con su blog escribiendo sobre política y temas sociales. Es el ejemplo perfecto que plantea la nueva Ley para el Impulso de la Sociedad de la Información (LISI).
Para unos, como la Asociación de Internautas (AI), la LISI abre la puerta a que conflictos de ese tipo o similares se solucionen sin pasar por los tribunales, dándole potestad a ciertos 'órganos competentes' para cerrar las páginas. Lourdes Muñoz, diputada del PSOE que ha defendido la ley en el Congreso responde vehementemente: 'La ley no atribuye nuevas competencias a nadie, ocurre lo mismo que en la vida real, y nadie podrá cerrar un blog salvo un juez'.

Pero para las asociaciones civiles como la AI el asunto no está tan claro, y tampoco para el teniente fiscal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid Pedro Martínez. 'Es una ley que nace viciada, que afecta a un derecho fundamental como es la libertad de expresión y que debería haber sido tramitada por lo tanto como ley orgánica y no como ley ordinaria', dice Martínez.

Las entidades de gestión como la SGAE, responsables de recaudar el canon, han tratado de que la ley les facilite la posibilidad de perseguir determinadas prácticas que hasta el momento los tribunales no han considerado ilegales. No han accedido a sus reclamaciones, dice Muñoz. 'Han hecho una ley a medida de las entidades de gestión, para permitirles clausurar páginas web de internet sin necesidad de acudir a los tribunales', replica el fiscal Pedro Martínez.

'Este debate no es nuevo, ya lo tuvimos hace unos años', recuerda Víctor Domingo, 'y lo ganamos'. La batalla, sin embargo, vuelve a plantearse. Y lo que para algunos constituye la lógica regulación de internet para otros representa la amputación de derechos fundamentales. Lejos queda aquel alegato que hace 11 años lanzaba John Perry Barlow: 'Gobiernos del mundo industrial … no sois bienvenidos entre nosotros. No ejercéis ninguna soberanía sobre el lugar donde nos reunimos'. En aquel momento se creía que internet no podría ser regulado.

Las tornas han cambiado, con cada nueva ley de internet los ciudadanos se juegan buena parte de sus derechos civiles. Las previsiones de algunos testigos sobre el tipo de sociedad que va a resultar son sombrías. Y la indiferencia sobre estos asuntos es extensa.


Encontrado aqui http://www.internautas.org/html/4599.html

Nota Lun Nov 26, 2007 8:31 am
TEMOR A LA POSIBLE CENSURA

Turquía empieza a controlar el contenido de Internet para 'prevenir crímenes'

La nueva ley establece ocho potenciales delitos que serán estrechamente vigilados

Actualizado viernes 23/11/2007 18:44 (CET)
EFE

ANKARA.- Turquía comenzó a vigilar el contenido de Internet para prevenir posibles crímenes, pero algunos organizaciones temen que la nueva ley introducida para este fin se aproveche para ejercer la censura.

La nueva disposición legal establece qué ocho potenciales delitos deben ser estrechamente vigilados: crímenes contra Mustafa Kemal 'Atatürk', fundador de la Turquía moderna; el abuso sexual de menores, el uso de drogas y su promoción, propagar mercancías que perjudiquen la salud, contenidos obscenos, la prostitución y los juegos de azar.

Para prevenir el acceso a las páginas web de este tipo se requiere una decisión judicial, pero en situaciones de emergencia el fiscal podría dictar la prohibición por su cuenta.

Fikret Ilkiz, abogado de varias organizaciones turcas de periodistas, comentó a la emisora NTV que "eliminar material perjudicial de una página 'web' es una cosa y prohibir el acceso a la página, otra. Cerrar una página 'web' significaría violar la libertad de expresión".

Según Ilkiz, también varía de persona a persona la definición de lo obsceno y "en este caso, el Consejo de Telecomunicaciones decidirá sobre lo que es obsceno o no, lo que constituye sin lugar a dudas una forma de censura".

El presidente del Consejo de Telecomunicaciones, Tayfun Acarer, aseguró que el cumplimiento de la ley no se basaría en sus propias decisiones sino en "criterios internacionales" y afirmó que tales medidas nunca se llamarían censura.


Encontrado aqui http://www.elmundo.es/navegante/2007/11 ... 39864.html

Nota Mar Nov 27, 2007 7:07 am
FACEBOOK, BLOQUEADO

Censura en Internet: ahora, Siria

Actualizado lunes 26/11/2007 12:12 (CET)
REUTERS

DAMASCO.- Los usuarios de la red social Facebook, una de las más exitosas y de mayor crecimiento en Internet, aseguran que las autoridades han bloqueado el acceso al sitio como una de las medidas tomadas para eliminar el activismo político en la Red.

"Facebook ayudaba a desarrollar la sociedad civil siria y a formar grupos cívicos fuera del control gubernamental, por eso ha sido bloqueado", comenta la abogada de los derechos de la mujer Dania al-Sharif.

"Han cortado las comunicaciones entre nosotros y el mundo exterior, aunque ya estamos acostumbrados a este tipo de comportamiento por parte del Gobierno", asegura la abogada, que gestionaba un grupo de Facebook para fotógrafos sirios amateurs, informa el corresponsal de Reuters Khaled Yacoub Oweis.

No ha habido ninguna comunicación oficial al respecto por parte del Gobierno de Siria, que ha intensificado sus campañas contra 'blogueros', foros de opinión y sitios de medios independientes en los últimos meses.

El país está en un permanente estado de emergencia desde que el Partido 'Baas' tomó el poder etras un golpe en 1963. No está permitida ninguna crítica contra el partido o contra el aparato de poder.

El país cuenta con algunos miles de usuarios de Facebook, que lo usan sobre yodo para ponerse en contacto con familiares o amigos de fuera. Esta red social también agrupa a los usuarios por sus intereses sociales, políticos o culturales.

Ammar al-Qurabi, líder de la Asociación Nacional de los Derechos Humanos, comenta que ahora hay muy poca tolerancia a las opiniones políticas independientes. "Las autoridades dicen que Facebook puede ser una vía de entrada para Israel hacia la juventud siria, pero la verdadera razón del bloqueo es que la herramienta permite publicar críticas contra la autoridad", asegura Qurabi.

La situación es tal que hasta servicios de correo web como Microsoft Hotmail suele bloquearse con cierta frecuencia. No hay acceso a gran parte de la prensa en la Red, como el diario libanés An-Nahar and al-Quds al-Arabi, editado en Londres por el veterano periodista palestino Abdel-Bari Atwan.

Internet comenzó su despliegue en Siria en el año 2000, cuando el presidente Bashar al-Assad sucedió a su padre.


Encontrado aqui http://www.rebeldemule.org/foro/ ... ply&t=3076

Nota Lun Dic 17, 2007 6:24 pm
Declaración de independencia del ciberespacio

Gobiernos del Mundo Industrial, vosotros, cansados gigantes de carne y acero, vengo del Ciberespacio, el nuevo hogar de la Mente. En nombre del futuro, os pido en el pasado que nos dejéis en paz. No sois bienvenidos entre nosotros. No ejercéis ninguna soberanía sobre el lugar donde nos reunimos. No hemos elegido ningún gobierno, ni pretendemos tenerlo, así que me dirijo a vosotros sin mas autoridad que aquella con la que la libertad siempre habla.

Declaro el espacio social global que estamos construyendo independiente por naturaleza de las tiranías que estáis buscando imponernos. No tenéis ningún derecho moral a gobernarnos ni poseéis métodos para hacernos cumplir vuestra ley que debamos temer verdaderamente.

Los gobiernos derivan sus justos poderes del consentimiento de los que son gobernados. No habeis pedido ni recibido el nuestro. No os hemos invitado.

No nos conocéis, ni conocéis nuestro mundo. El Ciberespacio no se halla dentro de vuestras fronteras. No penséis que podéis construirlo, como si fuera un proyecto publico de construcción. No podéis. Es un acto natural que crece de nuestras acciones colectivas.

No os habeis unido a nuestra gran conversación colectiva, ni creasteis la riqueza de nuestros mercados. No conocéis nuestra cultura, nuestra ética, o los códigos no escritos que ya proporcionan a nuestra sociedad mas orden que el que podría obtenerse por cualquiera de vuestras imposiciones.

Proclamáis que hay problemas entre nosotros que necesitáis resolver. Usáis esto como una excusa para invadir nuestros limites. Muchos de estos problemas no existen. Donde haya verdaderos conflictos, donde haya errores, los identificaremos y resolveremos por nuestros propios medios. Estamos creando nuestro propio Contrato Social. Esta autoridad se creara según las condiciones de nuestro mundo, no del vuestro. Nuestro mundo es diferente. El Ciberespacio esta formado por transacciones, relaciones, y pensamiento en si mismo, que se extiende como una quieta ola en la telaraña de nuestras comunicaciones. Nuestro mundo esta a la vez en todas partes y en ninguna parte, pero no esta donde viven los cuerpos.

Estamos creando un mundo en el que todos pueden entrar, sin privilegios o prejuicios debidos a la raza, el poder económico, la fuerza militar, o el lugar de nacimiento. Estamos creando un mundo donde cualquiera, en cualquier sitio, puede expresar sus creencias, sin importar lo singulares que sean, sin miedo a ser coaccionado al silencio o el conformismo.

Vuestros conceptos legales sobre propiedad, expresión, identidad, movimiento y contexto no se aplican a nosotros. Se basan en la materia.

Aquí no hay materia. Nuestras identidades no tienen cuerpo, así que, a diferencia de vosotros, no podemos obtener orden por coacción física.

Creemos que nuestra autoridad emanara de la moral, de un progresista interés propio, y del bien común. Nuestras identidades pueden distribuirse a través de muchas jurisdicciones. La única ley que todas nuestras culturas reconocerían es la Regla Dorada. Esperamos poder construir nuestras soluciones particulares sobre esa base. Pero no podemos aceptar las soluciones que estáis tratando de imponer. En Estados Unidos hoy habeis creado una ley, el Acta de Reforma de las Telecomunicaciones, que repudia vuestra propia Constitución e insulta los sueños de Jefferson, Washington, Mill, Madison, DeToqueville y Brandeis. Estos sueños deben renacer ahora en nosotros.

Os atemorizan vuestros propios hijos, ya que ellos son nativos en un mundo donde vosotros siempre seréis inmigrantes. Como les teméis, encomendáis a vuestra burocracia las responsabilidades paternas a las que cobardemente no podéis enfrentaros. En nuestro mundo, todos los sentimientos y expresiones de humanidad, de las mas viles a las mas angelicales, son parte de un todo único, la conversación global de bits. No podemos separar el aire que asfixia de aquel sobre el que las alas baten.

En China, Alemania, Francia, Rusia, Singapur, Italia y los Estados Unidos estáis intentando rechazar el virus de la libertad erigiendo puestos de guardia en las fronteras del Ciberespacio. Puede que impidan el contagio durante un pequeño tiempo, pero no funcionaran en un mundo que pronto será cubierto por los medios que transmiten bits.

Vuestras cada vez mas obsoletas industrias de la información se perpetuarían a si mismas proponiendo leyes, en América y en cualquier parte, que reclamen su posesión de la palabra por todo el mundo. Estas leyes declararían que las ideas son otro producto industrial, menos noble que el hierro oxidado. En nuestro mundo, sea lo que sea lo que la mente humana pueda crear puede ser reproducido y distribuido infinitamente sin ningún coste. El trasvase global de pensamiento ya no necesita ser realizado por vuestras fabricas. Estas medidas cada vez mas hostiles y colonialistas nos colocan en la misma situación en la que estuvieron aquellos amantes de la libertad y la autodeterminación que tuvieron que luchar contra la autoridad de un poder lejano e ignorante. Debemos declarar nuestros "yos" virtuales inmunes a vuestra soberanía, aunque continuemos consintiendo vuestro poder sobre nuestros cuerpos. Nos extenderemos a través del planeta para que nadie pueda encarcelar nuestros pensamientos.

Crearemos una civilización de la Mente en el Ciberespacio. Que sea mas humana y hermosa que el mundo que vuestros gobiernos han creado antes.

Davos, Suiza a 8 de febrero de 1996


Encontrado aqui http://es.wikisource.org/wiki/Declaraci ... berespacio



Entrevista a Daniel Bramatti, creador de la de la Declaración de independencia del ciberespacio
El copyright es la nueva forma de imperialismo, afirma gurú de la Web

Escribir que alguien posee una personalidad multifacética es uno de esos clichés de los que todo periodista debería escapar, como decir que el país X es "una tierra de contrastes" o que el lugar Y se convirtió en "un campo de batalla". Pero es casi imposible no caer en lugares comunes tratándose de John Perry Barlow -hacendado, poeta, rockero y, principalmente, activista por la libertad de Internet.

A pesar de ser ganadero en el estado de Wyoming -lugar nada identificado con la revolución tecnológica-, Barlow fue uno de los primeros en destacar el potencial liberador de Internet, y ayudó a popularizar el término "ciberespacio" cuando publicó, once años atrás, su famosa "Declaración de la Independencia del Ciberespacio". A causa de este manifiesto, en el que afirma que los gobiernos no poseen ni deben poseer soberanía sobre Internet, llegó a ser apodado el "Thomas Jefferson del mundo virtual".

Coordinador de la primera campaña para diputado de Dick Cheney -actual vicepresidente de los EE.UU. y exponente del movimiento neoconservador-, Barlow es hoy día militante del Partido Demócrata y ácido crítico de la gestión Bush.

Barlow es un estudioso de religión comparada, y también se destacó como autor de las letras de canciones muy exitosas de la dinosáurica banda Grateful Dead. Actualmente colabora en grupos menos famosos, como The String Cheese Incident.

Su rol en la Electronic Frontier Foundation no es menos destacado. Esta ONG, de la cual es fundador, fue pionera en la lucha contra los intentos de los gobiernos y empresas de controlar los contenidos de la red. Obviamente, promueve el software libre. A pesar de no ser banquero, fue considerado por la revista "FutureBanker" una de las personas más influyentes del sector de servicios financieros.

Barlow viajó a Brasil invitado por el Ministro de Cultura, Gilberto Gil, para participar del Seminario Internacional sobre Diversidad Cultural, que se realizó en Brasilia la semana pasada.

En una entrevista exclusiva para Terra Magazine, que respondió por e-mail, afirmó que la industria del entretenimiento amenaza la libertad de Internet, y que la imposición de patentes y leyes de copyright es una nueva forma de imperialismo. También afirmó que trabaja con Gil para poner "toda la música brasileña" a disposición de los internautas. A continuación lea fragmentos de esta entrevista:

Terra Magazine: En su famosa Declaración de la Independencia del Ciberespacio, Ud. afirma que los gobiernos no deben interferir en Internet. Desde que se publicó este manifiesto, hubo una serie de intentos de censura y reglamentación. ¿Quién va ganando la batalla?
John Perry Barlow: Obviamente las personas razonables pueden no estar de acuerdo, pero no creo que haya sucedido nada desde 1996 que cuestione fundamentalmente mi convicción de que el Ciberespacio es intrínsecamente anti-soberano. Si alguien está decidido a poner online algo que las autoridades locales consideren ofensivo, puede encontrar algún servidor en otro lugar que éstas no podrán tocar. Los filtros apenas son modestamente efectivos.

Terra Magazine: Y el papel de las grandes corporaciones. ¿Son todas, o algunas de ellas, una amenaza para la libertad en la web?
John Perry Barlow: La industria del entretenimiento ha sido una amenaza significativa, pero claramente está perdiendo la guerra. Lo peor que consiguieron hacer fue implementar el sistema "Trusted Computing" en los nuevos chips Intel y en Windows Vista, pero existen formas de burlarlo.

Terra Magazine: En el ensayo "La economía de las ideas", Ud. afirma que el concepto de propiedad en el mundo físico no se aplica al mundo digital. ¿Qué piensa Ud. de los intentos de castigar a los "piratas" que "roban" archivos de música o películas?
John Perry Barlow: Los piratas son personas malvadas que atacan embarcaciones en alta mar, matan a las personas a bordo y roban todo lo que tiene valor. No son personas que alientan a otras personas a escuchar las mismas canciones que les gustan. Además, no veo cómo algo puede ser robado si aún está en mi poder. La propiedad es algo que puede ser quitado a alguien.

Terra Magazine: ¿Los esquemas de DRM (Digital Rights Management) están condenados al fracaso?
John Perry Barlow: Así es.

¿Cuáles son los triunfos más importantes de la Electronic Frontier Foundation (EFF) en el campo de la propiedad intelectual?
John Perry Barlow: Hay una larga lista, pero el principal fue cambiar la conciencia del público sobre la naturaleza de la cuestión.

Terra Magazine: ¿Podría describir su participación en los encuentros del Foro Social Mundial?
John Perry Barlow: Creo que fui bastante eficiente en demostrar que la imposición agresiva del copyright y de las patentes no es más que la forma de imperialismo más reciente, un intento del cuadrante noroeste del planeta de regular el pensamiento humano.

Terra Magazine: En el sitio de la EFF se informa que Ud. está trabajando con el ministro Gil "en un esfuerzo para poner online toda la música de Brasil". ¿Se refiere exactamente a toda la música brasileña?¿Cómo juegan las restricciones de copyright?
John Perry Barlow: Quise decir exactamente toda la música brasileña, inclusive ese gran porcentaje que está mantenido en carácter de rehén por empresas de los Estados Unidos. La música es el código genético de Brasil. Nadie debería tener el derecho de sacársela a los brasileños.

Terra Magazine: ¿Cómo ve Ud. la explosión de los denominados sitios de medio social?
John Perry Barlow: Ya en 1995 yo decía que lo más importante de Internet era la comunidad y la conversación, no el contenido. Sabía que esto iba a suceder. Sólo quiero que estos sitios mejoren.

Terra Magazine: ¿Algo de la Web que lo haya sorprendido recientemente?
John Perry Barlow: La Wikipedia. Soy optimista, pero el éxito de este experimento me ha maravillado.


Encontrado aqui http://www.softwarelibre.cl/drupal//?q=node/1063

Nota Mié Ene 23, 2008 9:40 am
PROTECCIÓN DE LA INTIMIDAD DE LOS INTERNAUTAS

Bruselas considera que las direcciones IP deben tratarse como un dato personal

La serie de números que identifica a un ordenador en la red, la dirección IP, debe ser considerada generalmente como información de carácter personal, según afirmó el director de la oficina de Protección de Datos alemana, Peter Scharr.

23-01-2008 - AP BRUSELAS .-Scharr dirige actualmente un grupo de la UE que prepara un informe sobre cómo las políticas de privacidad de buscadores de Internet como Google, Yahoo, Microsoft y otros cumplen con las leyes comunitarias de protección de datos de los usuarios.
En una declaración en el Parlamento Europeo, afirmó que cuando alguien podía ser identificado a través de su dirección IP por Internet, entonces ésta "ha de ser considerada como un dato personal".

Esta opinión es muy diferente de la que sostiene Google, que insiste que una dirección IP identifica simplemente la localización de un ordenador, no al usuario individual.
Scharr reconoció que las direcciones IP pueden siempre no ser personales o ligadas a un individuo, como en el caso de los cibercafés o de las oficinas cuyos ordenadores son usadas por varias personas.

El tratamiento de las direcciones IP como un dato personal podría tener grandes implicaciones para los buscadores y el tratamiento que hacen de esta información.


Encontrado aqui http://www.internautas.org/html/4741.html

Nota Lun Ene 28, 2008 9:49 am
Protección de Datos recibe las primeras denuncias por inserción de imágenes en Youtube
27/01/2008 - 21:03
IBLNEWS, AGENCIAS

El uso de las nuevas tecnologías y la red Internet ha abierto un nuevo ámbito de quejas y denuncias en la Agencia Española de Protección de Datos. El año pasado, este órgano recibió las primeras reclamaciones por parte de españoles que vieron vulnerados sus derechos por la inserción de imágenes en el popular portal 'Youtube', o el intercambio de archivos a través de programas como el 'Emule', según informó a Europa Press, el director de la Agencia, Artemi Rayo.

Mañana se celebra el Día Europeo de la Protección de Datos, una jornada promovida por el Consejo, la Comisión Europa y todas las autoridades de protección de datos de los países miembros de la UE, con el fin de impulsar el conocimiento entre los ciudadanos europeos de cuáles son sus derechos y responsabilidades en esta materia y familiarizarse con un aspecto normativo que, "a pesar de ser menos conocido, está presente en muchas facetas de su vida diaria".

Según datos del Eurobarómetro, correspondientes a 2003, más del 60 por ciento de los ciudadanos europeos tenían un conocimiento escaso acerca de sus derechos en materia de protección de los datos y sobre la existencia de autoridades independientes con competencias para su protección. No obstante, la agencia española recibió el año pasado alrededor de 900 demandas de tutela, casi el doble que en 2006, un dato que, para Rayo, evidencia una concienciación, cada vez mayor, de los ciudadanos sobre este aspecto legal.

Las tutelas corresponden al derecho de los ciudadanos a conocer la información personal que obra en poder de entidades públicas y eliminar, corregir los datos inexactos o irreales. Los sectores tradicionalmente afectados por las tutela de los datos y que protagonizan el 90 por ciento de este tipo de las tutelas son la banca y las telecomunicaciones, básicamente por la inclusión indebida en ficheros de morosos y la obtención fraudulenta de información personal para contrataciones, servicios de agua, gas o telefonía.

"Estos sectores llevan muchos años adecuándose a la Ley, pero en ellos es donde se produce un mayor flujo de información personal; por ello es lógico que acaparen el mayor número de tutelas", destacó el director de la Agencia.

PRÁCTICAS AGRESIVAS DE PUBLICIDAD

La publicidad es otro ámbito importante, en lo que se refiere a la protección de datos. El año pasado, la Agencia ha constatado la "preocupación" de los ciudadanos por nuevas prácticas "agresivas o molestas", como las llamadas telefónicas a móviles sin el conocimiento del usuario, o los 'spam', a través del correo electrónico.

Sobre esta cuestión, Rayo se felicita de la aprobación del nuevo reglamento, de 21 de diciembre, que exige el consentimiento de los padres a la hora de requerir datos personales a los menores de 14 años, a través de Internet. Tras la entrada en vigor de esta normativa, se deben utilizar técnicas que permitan autentificar la autorización paterna y comprobar la edad del menor.

Más allá de Internet, Rayo sospecha que el "sector estrella" en lo que se refiere a la Protección de Datos será el de la videovigilancia. Aunque aún no cuenta con cifras, asegura que se han incrementado las denuncias por el uso de manera indebida de estos sistemas y su progresiva implantación en el ámbito laboral, el comercio y los medios de comunicación.

Rayo recuerda que la videovigilancia pública debe ser regirse por los siguientes criterios: los dispositivos deben ser suficientemente visibles, aunque de la forma menos agresiva, mientras que la toma de imágenes ha de ser "adecuada, pertinente y no excesiva", garantizando en todo caso el acceso y la cancelación por parte de las personas cuya imagen sea captada.

Las sanciones en materia de Protección de Datos a empresas y particulares, van de los 600 euros hasta los 600.000 en los casos más graves. El director de este organismo calcula que el pasado año se efectuaron más de 300.


Encontrado aqui http://iblnews.com/story.php?id=34375

Nota Mar Ene 29, 2008 1:55 pm
¿Cuánto valen sus datos personales en internet?

Agosto 2007

La escala de precios que pusieron los delincuentes informáticos parte de €1,5 y llega hasta los €225, dependiendo de qué se quiera adquirir. Las principales conclusiones de un informe esclarecedor

Desde hace tiempo los hackers dejaron de ser adolescentes con ganas de diversión para convertirse en verdaderas máquinas de hacer dinero fácil, a costa del robo de datos confidenciales de empresas y personas comunes y corrientes, como usted.

No por nada los medios de comunicación se encargan de transmitir cada vez con más frecuencia las alertas de las compañías de seguridad.
Ahora, un nuevo informe viene a echar luz sobre el asunto, explicando cuánto cuestan los datos más sensibles de una persona y dando cuenta del alarmante crecimiento de estos delitos en internet.

Así, un trabajo de Symantec indica que los datos de una tarjeta de crédito se pueden comprar en internet por €1,50 si se compran en grandes cantidades, mientras que el precio por los datos de acceso a una cuenta bancaria en línea asciende a unos €225 euros.
Los criminales también venden los datos de acceso a computadoras personales por unos €5, mientras que los datos completos de una identidad robada, con el número de la seguridad social y de la tarjeta de crédito incluidos, cuesta menos de €15.

Cómo lo hacen
Una de las técnicas utilizadas por los delincuentes para robar este tipo de información es por medio de la venta de productos a precios irrisorios en páginas web falsas, usadas sólo para recopilar los datos confidenciales.

Un ejemplo de ciberladrón es el del británico David Levy, que vendió artículos inexistentes por unos €300.000 con las identidades falsas de usuarios de eBay con buenos historiales de ventas por internet, condición importante para vender productos en esa plataforma de subastas.

Levy, de 29 años, fue condenado a tres años de cárcel en noviembre del 2005.

Phishing
La misma empresa informó que más de seis millones de computadoras están infectados en todo el mundo, lo que representa un aumento de un 29% en el segundo trimestre del 2006 respecto a la primera mitad del año.

Europa, Oriente Medio y África, son las regiones en donde se detectó una mayor actividad de amenazas como phishing, ataques en Internet, spam o servidores controlados por bots, gusanos o troyanos que se instalan en los ordenadores para realizar acciones fraudulentas.

El informe de Symantec muestra que hay un aumento de robos y filtraciones de datos, así como un incremento de grupos de delincuentes que operan en la red y que crean códigos maliciosos para apoderarse de información confidencial que venden después en el mercado negro.

Asimismo, se informó que durante la segunda mitad de 2006, el envío de mensajes no solicitados representó el 59% de todo el tráfico del correo electrónico monitorizado y un 30% de estos mensajes estaban relacionados con el sector de los servicios financieros.

Los delincuentes utilizan estos fraudes para obtener beneficios económicos mediante la compra de acciones cuando tienen un valor bajo.

Luego incrementan de forma artificial el interés por los títulos al hacer llegar a los internautas mensajes no solicitados en los que hay falsas estimaciones que auguran un gran rendimiento y aumento del valor de las acciones.

Algunas de las personas que reciben estos mensajes confían en ellos y compran acciones, lo que crea una mayor demanda y hace subir su precio, momento en el que los delincuentes venden y obtienen beneficios por la operación.

Encontrado aqui http://www.averlo.com/notasdelaweb/segu ... ernet.html

Nota Vie Feb 08, 2008 8:41 am
La gobernanza de Internet

Este documento se escribe gracias al impulso de la Fundación Telefónica para la creación del Grupo de Expertos de la Gobernanza de Internet coordinado por la Universidad Politécnica de Madrid.
07-02-2008 - Bajo la coordinación de Jorge Pérez, un Comité de Expertos compuesto por: .......................... han reflexionado en común con el objetivo de explorar el debate de la gobernanza de Internet y poner de manifiesto la relevancia de esta cuestión para España y la necesidad de abordarlo desde el diálogo entre todos los estamentos y colectivos interesados


Documento de 214 paginas http://sociedaddelainformacion.telefoni ... ternet.pdf


ÍNDICE
GLOSARIO _________________________________________________________________5
PRÓLOGO _________________________________________________________________8

1 GOBIERNO DE LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS
COMUNICACIONES ________________________________________________________9

1.1 CARACTERIZACIÓN DE LOS MODELOS DE GESTIÓN DE LAS TIC______________________9
MODELO TRADICIONAL DE LAS TELECOMUNICACIONES ______________________________12
MODELO DE INTERNET_________________________________________________________17 T
COMPARACIÓN DE LOS MODELOS ______________________________________________27
1.2 LA GOBERNANZA DE INTERNET______________________________________________30
SIGNIFICADO DE LA GOBERNANZA DE INTERNET ____________________________________30 T
EVOLUCIÓN DEL DEBATE SOBRE LA GOBERNANZA A NIVEL INTERNACIONAL _______________31
PRINCIPALES HITOS ___________________________________________________________35
COMPOSICIÓN DE ELEMENTOS DE LA GOBERNANZA DE INTERNET_______________________41
PROPUESTA DE E. J. WILSON III _________________________________________________43
PROPUESTA DEL GRUPO DE EXPERTOS ____________________________________________45
2 DINÁMICA DE LOS MODELOS DE GOBIERNO ______________________________50
DINÁMICA DEL MODELO TRADICIONAL ___________________________________________51
DINÁMICA DEL MODELO INTERNET_______________________________________________56 T
2.1 IMPLICACIONES PARA LOS DISTINTOS SECTORES INVOLUCRADOS __________________66
3 EL DEBATE ACTUAL______________________________________________________68
3.1 INTRODUCCIÓN _________________________________________________________68
3.2 TEMAS PARA EL DEBATE ___________________________________________________68
GESTIÓN Y CONTROL DE LOS RECURSOS DE INTERNET_________________________________69
DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL __________________________________________80
INCENTIVOS A LA INVERSIÓN EN INFRAESTRUCTURAS__________________________________85
MULTILINGÜISMO ____________________________________________________________89
SEGURIDAD_________________________________________________________________92
PRIVACIDAD: DERECHOS DE LOS CIUDADANOS DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN_____95
BRECHA DIGITAL____________________________________________________________100
SOCIEDAD CIVIL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA___________________________________102
4 EL CAMINO HACIA LA GOBERNANZA DE INTERNET EN ESPAÑA__________105
4.1 INTRODUCCIÓN ________________________________________________________105
4.2 LA UNIVERSIDAD: MOTOR DEL CAMBIO CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO DE INTERNET _____106
4.3 LOS OPERADORES ECONÓMICOS: IMPULSO E INNOVACIÓN _____________________108
4.4 LA SOCIEDAD CIVIL: EL PODER DE LA UNIÓN Y LA COMUNICACIÓN ________________118
4.5 TEMAS ABIERTOS Y NUEVOS RETOS _________________________________________132
3
5 CONTRIBUCIONES DESDE ESPAÑA AL DEBATE DE LA GOBERNANZA ________139
¿DEBE GOBERNARSE INTERNET? ________________________________________________140
NOTA SOBRE EL MARCO DE ACUERDO ENTRE EL DEPARTAMENTO DE COMERCIO DE ESTADOS
UNIDOS (DOC) E ICANN (INTERNET CORPORATION FOR ASSIGNED NAMES AND NUMBERS)144
LA GOBERNANZA Y LOS RECURSOS TÉCNICOS DE INTERNET ___________________________149
LAS INFRAESTRUCTURAS DE RED Y EL GOBIERNO DE INTERNET __________________________153 T
SEGURIDAD Y PRIVACIDAD EN LAS COMUNICACIONES ______________________________160
TICS, COOPERACIÓN Y GOBERNANZA DE INTERNET ________________________________169 T
LAS REDES DE ONG COMO ACTORES DE LA GOBERNANZA DE INTERNET ________________176
LA ‘ALFABETIZACIÓN DIGITAL’ COMO ESTRATEGIA CENTRAL DE LUCHA CONTRA LA ‘BRECHA
DIGITAL’ __________________________________________________________________186
LAS MUJERES EN LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN________________________________192
6 CONCLUSIONES DEL GRUPO DE EXPERTOS_______________________________200
7 BIBLIOGRAFÍA Y REFERENCIAS __________________________________________211

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