RebeldeMule

Internet: control, libertad, privacidad.

Planta/anuncia un debate, noticias sueltas, convocatorias políticas o culturales, campañas de mecenazgo, novedades (editoriales, estrenos, próximas emisiones de tv...).
Abro este hilo para que vayamos informando de una de las guerras mas cruentas que se libran en internet, la libertad de expresion.


http://www.bufetalmeida.com/187/la-pagi ... arios.html
La página es mía, pero tú respondes por los comentarios

13-03-2007 por: P.F. / ELPAIS.com

La incorporación a los sitios de Internet de contenidos creados por los usuarios genera dudas sobre la responsabilidad legal cuando aparece algún delito
En la elaboración de la programación televisiva o las páginas de un periódico intervienen varios filtros que deciden qué se publica y qué no. Pero en Internet el funcionamiento es distinto, los medios han abierto la puerta a los contenidos elaborados por sus usuarios y publican -a veces sin control previo- comentarios, textos y vídeos ajenos a la redacción. La responsabilidad por las infracciones que puedan cometerse en esos contenidos ?delitos contra el honor o derechos de autor, normalmente- quedó fijada hace tiempo en una Ley, pero su aplicación está generando más dudas de las esperadas.

La información y la comunicación no son ya tarea exclusiva de los periodistas y medios profesionales. Cada día se crean miles de blogs, los internautas publican otros tantos vídeos en YouTube, millones de comentarios, entradas en páginas de elaboración colaborativa como la Wikipedia. Un estudio de IDC asegura que hasta el 70% de los contenidos publicados en Internet han sido creados por los usuarios.

Lejos de dejarse aplastar por esta enorme ola, los medios de comunicación han abierto la puerta a los internautas para que publiquen sus comentarios a las noticias, cuelguen vídeos u opinen en foros. El problema llega cuando alguno de estos colaboradores desinteresados se propasa e incurre en algún delito.

La ley dice que el medio sólo será legalmente responsable cuando tenga “conocimiento efectivo de que la actividad o la información almacenada es ilícita” y no haya actuado con “diligencia para retirar los datos o hacer imposible el acceso a ellos”. Al aplicar la norma, no obstante, los jueces no han llegado a un acuerdo, y han hecho recaer la responsabilidad sobre quien aloja los contenidos, no sobre su autor real.

Por ahora, los problemas legales no han llegado a los grandes medios, y afectan a proyectos online de menor tamaño. Dos de los casos que más repercusión han tenido en los últimos meses son los que enfrentan a la Sociedad General de Autores con la Asociación de Internautas y una página llamada Frikipedia, en ambos casos por alojar contenidos que atentan contra el honor de la SGAE o sus representantes.

En enero de este año, un tribunal confirmó un fallo anterior contra el administrador de la Frikipedia, una web similar a la Wikipedia en la que lo que aportan los internautas son artículos de carácter humorístico o satírico-, y condena al administrador del sitio a una multa de 600 euros por una entrada en la que un internauta hacía mofa del uno de los directivos de la sociedad de gestión.

La Asociación de Internautas (AI), por su parte, ha condenada por la Audiencia Provincial de Madrid a pagar 36.000 euros "por publicar" los contenidos de la Plataforma de coordinación de movilizaciones contra la SGAE. Se trata en ambos casos de decisiones judiciales recurribles, por lo que aún no existe una doctrina clara sobre este tipo de conflictos. El abogado de la AI, Carlos Sánchez Almeida, enumera otros casos en los que se intenta hacer responsable a quien aloja el contenido problemático, y no a su autor. “La página Bandaancha.st, especializada en información sobre redes, ha sido denunciada por un comentario en el que se revela el funcionamiento de la red interna de la operadora Comunitel) y Pandeblog.net, un sitio de cotilleos que publicó un post criticando a alguien que aparcaba mal, también ha sido demandada”.

A la espera de una sentencia del Supremo

“El gran problema que hay en España es que se aplica la doctrina tradicional, conforme a la cual el medio es responsable de todos los contenidos, sobre todo si son anónimos. Pero en Internet no es así, no hay un jefe de rotativa que filtra, todo funciona de forma muy automática”, señala Sánchez Almeida. La normativa española sobre el tema, es la LSSI, que establece que “sólo hay responsabilidad cuando el proveedor tiene conocimiento de un contenido ilícito, declarado como tal por la autoridad competente, y se haya notificado esa resolución”.

“En principio, lo que uno publica genera las mismas obligaciones en papel y en digital”, explica Koldo Peciña, abogado de la consultora AUDEA Seguridad Informática, que acepta también que “en Internet hay más libertad para publicar textos o contenidos de cualquier tipo sin que el administrador de la página los conozca”. “En un sitio como YouTube, de haber un vídeo que pueda considerarse delictivo el responsable será quien lo haya subido a los servidores”, explica.

“Lo ideal sería una sentencia del Supremo que cree jurisprudencia”, según Sánchez Almeida, que de la mano de la Asociación de Internautas está impulsando una petición para que las autoridades europeas, de las que salió la directiva que inspira la legislación española, interpreten definitivamente esta cuestión.

Mientras se clarifica quien debe responder por los contenidos considerados ilegales, otros conflictos pueden llegar a afectar a grandes medios de comunicación y servicios de Internet que alojan contenidos ajenos. El volumen de páginas que enlaza por ejemplo Google o las noticias que indexa el servicio de lectura de blogs Boglines, hacen muy difícil, si no imposible, un control previo. “Imagina que tuvieran que estar supervisando siempre sus contenidos, es como si correos tuviera que abrir todas las cartas que les llegan”, afirma el presidente de la Asociación de Internautas, Víctor Domingo.

A vueltas con el anonimato

La imputación de la responsabilidad a quienes alojan contenidos problemáticos puede considerarse una salida de compromiso adoptada por los tribunales ante la dificultad que supone identificar a cualquier internauta. Muchas páginas admiten que cualquier persona publique un texto o un vídeo a cambio sólo de proporcionar una dirección de correo electrónico. Algo en la mayoría de los casos insuficiente para identificar al responsable del delito.

Sánchez Almeida reconoce que “el tema del anonimato es el problemático” y sugiere que para solucionarlo se tendría que establecer un régimen legal claro que obligue a todo el que “tenga sistemas automáticos de publicación a conservar y proporcionar la IP -dirección única que cada ordenador tiene en Internet y para conectarla con una persona con nombre y apellidos hay que acudir al operador de telecomunicaciones a través del que se conecta- de sus usuarios” en caso de ser solicitada por la justicia.




http://www.bufetalmeida.com/192/liberta ... uturo.html

Libertad de expresión en Internet: perspectivas de futuro
09-05-2007 por: Carlos Sánchez Almeida

Hegel dice en alguna parte que todos los grandes hechos y personajes de la historia universal aparecen, como si dijéramos, dos veces. Pero se olvidó de agregar: una vez como tragedia y la otra como farsa.

Carlos Marx, "El Dieciocho Brumario de Luis Bonaparte".



1. De aquellos polvos, estos lodos

Año 2000. Gobernaba España el Partido Popular, que gozaba desde marzo de aquel año de una envidiable situación de mayoría absoluta, que le permitía gobernar sin necesidad de alianzas con otros partidos. Al frente del recién creado Ministerio de Ciencia y Tecnología se encontraba la brillante profesional Anna Birulés, escoltada por dos hombres fuertes del think-tank de José María Aznar: Baudilio Tomé y Borja Adsuara, muy vinculados a la fundación FAES, y que ocupaban respectivamente la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y la Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información.

Se había aprobado en fechas recientes la Directiva 2000/31/CE, de 8 de junio, sobre el comercio electrónico. Una directiva ésta cuyo objetivo fundamental era la armonización de las diferentes legislaciones nacionales, para que sus diferencias no afecten al tráfico económico y los principios que rigen en el ámbito de la Unión.

Los Considerandos de la Directiva indicaban claramente que sus medidas se limitaban al mínimo necesario para conseguir el objetivo del correcto funcionamiento del mercado interior, garantizando que no existan fronteras interiores para el comercio electrónico. La Directiva era respetuosa con la libertad propia de Internet, en especial en sus considerandos, donde se afirmaba que no estaba destinada “a influir en las normas y principios nacionales fundamentales relativos a la libertad de expresión.”

Todos los principios de la Directiva fueron conculcados por el Gobierno del Partido Popular al trasponer la norma comunitaria al ordenamiento jurídico español. Allí donde la Directiva establecía el principio de no autorización previa, los primeros anteproyectos de Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSI) establecían la obligación de inscribirse en un registro especial. Del mismo modo, se regularon otros aspectos no cubiertos por la directiva, entre los que destacan la obligación de retención de datos de tráfico impuesta a determinados proveedores, así como los criterios de atribución de responsabilidad por hipervínculos, ausentes del texto de la Directiva. Finalmente, no se plasmó en el texto de la Ley un punto esencial de la norma comunitaria: la no exigencia de un deber general de supervisión de contenidos.

El artículo 8 de la LSSI fue sin duda el más problemático, puesto que en sus primeras versiones permitía la extralimitación de la autoridad administrativa, vulnerando lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución, que dispone que sólo pueden secuestrarse publicaciones mediante orden judicial. El propio Grupo Parlamentario Popular tuvo que rectificar el proyecto, ya en el Parlamento, para establecer la necesidad de intervención del Poder Judicial en casos que afectasen al derecho fundamental a la Libertad de Expresión.

Finalmente, la LSSI fue aprobada como Ley 34/2002, de 11 de julio, y entró en vigor el 12 de octubre de 2002. Sus múltiples deficiencias, sobre todo las relativas a la responsabilidad por contenidos ajenos (transmisión, caché, alojamiento de datos e hiperenlaces), ocasionarían en los años siguientes buen número de paradojas judiciales. No en vano se había establecido, de forma totalmente arbitraria e irracional, una doble vara de medir. Dos sistemas distintos de imputación de responsabilidad, dos leyes de prensa: una para el mundo real y otra para el mundo digital.

2. Allá van leyes do quieren reyes

Los medios de comunicación convencionales tienen diversos sistemas de control de contenidos, en virtud de los cuales la información ha de pasar por múltiples filtros antes de ser publicada. Un piélago de periodistas, correctores y redactores jefe revisan los textos antes de que lleguen a la rotativa. Como contrapartida a tal sistema de control de la información, las leyes en vigor permiten atribuir la responsabilidad, de forma escalonada, a todos aquellos que hayan participado en su publicación.

En Internet nunca fue así. Desde el principio, la “conversación universal sin fin” estuvo presidida por la falta de control. Internet permitió bien pronto la interacción de sus usuarios en la publicación de contenidos, constituyendo en la práctica la más amplia redacción jamás creada. Esta característica fundacional de Internet, que de forma errónea se ha atribuido en los últimos tiempos a la denominada “Web 2.0.”, era por el contrario una propiedad intrínseca de la Red de redes. Como herencia directa del movimiento underground agrupado alrededor de las BBS, mediados los años 90 se constituyeron en Internet comunidades virtuales orientadas al intercambio de información, páginas web cuyo contenido fundamental era aportado por los usuarios, foros de debate cuya única razón de existencia era permitir a los ciudadanos expresarse libremente. El ágora, la plaza pública, donde ni la tijera ni el lápiz rojo tenían poder alguno.

Los sistemas automatizados de publicación de contenidos hacían necesaria una nueva regulación, donde quedase claro que sólo podía atribuirse responsabilidad a aquellos que tuviesen el control efectivo de la publicación de un determinado contenido, y no a los intermediarios que desempeñaban un papel estrictamente técnico en la transmisión, alojamiento o enlace. Así, la Directiva comunitaria 2000/31/CE, establecía la inexistencia de una obligación general de supervisión de contenidos, de manera que no podía hacerse responsable a los intermediarios en aquellos casos que actuasen de forma meramente instrumental, sin intervenir en la gestación de los contenidos por parte de los usuarios de los servicios de publicación.

Se hubiese podido hacer bien, pero aquel Gobierno no quiso escuchar. En lugar de trasponer la directiva modificando aquellas leyes que pudiesen resultar afectadas, se decidió redactar una ley general para Internet. En lugar de modificar el artículo 30 del Código Penal, que establece la responsabilidad en cascada de medios de información mecánicos, para dar cabida a los nuevos medios, se decidió crear un sistema paralelo de responsabilidad. Como consecuencia de ello, en la situación dual que se ha establecido en el derecho español, la responsabilidad no pivota sobre el efectivo control del contenido por parte de redactor, director o editor, sino sobre si el medio es digital o no lo es.

Lo lógico sería que nadie tuviese que responder por los actos de otro, si no tiene la obligación, o al menos la capacidad, de supervisar dichos actos. Que a nadie se le pudiese atribuir responsabilidad de forma automática, sino en función de sus propios actos, valorando las circunstancias concurrentes en el caso concreto. Desgraciadamente no ocurrió así, en primer lugar por la imprevisión del legislador, y seguidamente por la impericia de los encargados de hacer cumplir la ley.

A poco de entrar en vigor la nueva LSSI, una Juez de Barcelona dictó la primera resolución judicial que analizaba la responsabilidad por contenidos ajenos en Internet: el caso Ajoderse.com. Se trataba de una página que contenía una colección de hiperenlaces a otras páginas de Internet que, sin poder demostrarse que puedan pertenecer al mismo administrador, contenían información relacionada con la posibilidad de visualizar gratuitamente las señales de televisión de pago.

El Juzgado de Instrucción número 9 de Barcelona, en auto de fecha 7 de marzo de 2003, resolvió que los hechos denunciados no eran constitutivos de delito, y ello por cuanto de conformidad con el artículo 17 de la LSSI, sólo podía imputarse responsabilidad por hiperenlaces al administrador de un sitio cuando éste tiene conocimiento efectivo de que dichos contenidos han sido declarados ilegales por una autoridad. Conocimiento efectivo que no cabe presumir, sino que debe basarse en la notificación de la correspondiente resolución.

A este primer caso siguieron muchos más, y desgraciadamente no todos ellos fueron decididos por personas versadas en la nueva normativa. Y así, se llegó a sentar en el banquillo al administrador de la página Esgay.com, un sistema automatizado de publicación de contenidos, de carácter humorístico, donde sólo el usuario del sitio tiene el control de la broma. Se condenó a la Asociación de Internautas por los contenidos del subdominio antisgae.internautas.org, pese a que la actividad de la Asociación se limitó a ofrecer hosting a terceros, que eran los únicos que tenían el control efectivo del subdominio. Y se procesó, demandó, o simplemente intimidó, a múltiples sitios web, foros y weblogs, en base a comentarios, enlaces o contenidos remitidos por usuarios, que los administradores de los sitios ni siquiera habían validado. De tal forma, decenas de sitios web se han convertido, muchas veces sin buscarlo, en héroes y mártires de la libertad de expresión en la Red. Bandaancha, Frikipedia, Mafius, Merodeando, Pandeblog, Alasbarricadas… y otros muchos, todos ellos en el punto de mira de aquellos a quienes incomoda la efervescencia libertaria que vive la Red.

3. Donde dije digo, digo Diego

La LSSI tenía lo peor que podía tener una ley: ausencia de claridad, redacción zigzagueante, ambigüedad, y lo peor de todo: falta de anclaje en la realidad. La única forma de solucionar el embrollo hubiese sido trasponer los principios de la directiva a las fuentes internas del derecho español, clarificando en el Código Penal o en una Ley de Prensa democrática, los supuestos en que podía atribuirse responsabilidad al medio de comunicación donde se publiquen determinados contenidos, estableciéndose claramente los supuestos de exoneración de responsabilidad por falta de control sobre la publicación. Y ello con independencia del medio empleado: delitos como la injuria, la calumnia, las amenazas, o la incitación al odio xenófobo, son los mismos delitos en Internet y fuera de ella, careciendo de toda lógica que tengan dos regímenes distintos de responsabilidad.

Durante el debate parlamentario de 2002, el Partido Socialista presentó una enmienda a la totalidad, interesando la devolución del proyecto de Ley, y asimismo anunció que cuando llegase al poder, derogaría dicha norma. Bien pronto se faltó al compromiso que figura en los Diarios de Sesiones de las Cortes Generales.

En el año 2004 se celebraron elecciones y cambió el gobierno. Como consecuencia de la falta de una mayoría clara, y las luchas de las diferentes camarillas existentes en su partido, el nuevo Presidente del Gobierno se vio obligado a poner al frente del nuevo Ministerio de Industria, Comercio y Turismo a un personaje como José Montilla. Un individuo éste cuya férrea trayectoria como aparatchik no permitía augurar una especial sensibilidad para con la libertad de expresión.

Los malos augurios se confirmaron. Desde la marcha de Anna Birulés, los sucesivos ministros que asumieron la responsabilidad de la Sociedad de la Información utilizaron su cartera ministerial para impulsar su carrera política hacia otros derroteros: dos de ellos, Piqué y Montilla, acabarían compitiendo por la Presidencia de la Generalitat catalana. Tras una gestión anodina, el futuro Molt Honorable dejó en herencia a su sucesor un único proyecto de Ley relevante para Internet: la Ley de Impulso de la Sociedad de la Información, que contenía, como regalo envenenado para Joan Clos, una reforma de la Ley que los socialistas habían prometido derogar: la LSSI.

El anteproyecto, presentado en septiembre de 2006, era absolutamente inasumible, y bien pronto la comunidad internauta mostró su enojo frente al nuevo texto: la reforma proyectada de los artículos 8 y 11 de la LSSI facultaba a la autoridad administrativa para ejercer funciones de restricción de contenidos. El Gobierno del Partido Socialista, en un giro de 180 grados con respecto a lo que sostuvo desde la oposición, sustraía a los jueces su competencia exclusiva en materia de libertad de expresión.

Pero el sainete no había hecho sino comenzar. Los representantes del gremio de la farándula, agrupados en torno a las poderosas entidades de recaudación de derechos de autor, dieron una nueva vuelta de tuerca a la obra, convirtiendo la tragedia en farsa.

4. Por si fuéramos pocos, parió la Burra

Algún día se sabrá toda la verdad: siempre hay un juguete roto que acaba contándola. Alguien que pretendía ascender, dar un golpe de efecto que permitiese consolidar su carrera, y que acaba convirtiéndose en el rufián del vodevil. Aunque en este caso, quizás haya tenido suerte, y aún podrá seguir medrando: tendría que estar agradecido a los venerables miembros del Consejo de Estado, cuyas prudentes advertencias han llevado al tahúr a hacer mutis por el foro.

En algún punto entre septiembre de 2006, cuando aparece el primer anteproyecto en la web del Ministerio de Industria, y abril de 2007, momento en que el proyecto es aprobado por el Consejo de Ministros, alguien decidió introducir en el proyecto de reforma de la LSSI un nuevo artículo 17 bis, que de haber sido aprobado, hubiese dado al traste con cualquier esperanza de libertad en la Red española.

Vergüenza ajena y profunda tristeza, antes que indignación, fue lo que sintió cualquier jurista que merezca tal nombre, al leer la propuesta de artículo 17 bis, que dejaba en las manos de las entidades de recaudación de derechos de autor la facultad de intimidar a los intermediarios de los contenidos de Internet. El texto establecía un ridículo protocolo de notificación, cuyo único objetivo era amedrentar a los prestadores de servicios de la Sociedad de la Información, que de tal forma podían verse compelidos a ejercer la censura sobre los datos y contenidos remitidos por sus usuarios.

La historia oficial contará que la pronta reacción de la comunidad internauta impidió el desastre. Sea: bien está lo que bien acaba. Quizás algún día, alguien en sus memorias contará como fue todo, y cómo se acabó decantando una avinagrada Comisión de Subsecretarios. Cómo se rabió en un Ministerio y se rió en otro. Y cómo un Secretario de Estado enmendó la plana a su Director General. Algún día se conocerá todo. Pero de momento disfrutemos del sainete, con ese momento supremo: la teatral espantada de los representantes de la farándula, dando un portazo al Comité Asesor de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información que envió al limbo de la vergüenza el fallido proyecto de censura de Internet, encarnado en el infame artículo 17 bis.

El proyecto de reforma de la LSSI que finalmente llega al Congreso ha sido sustancialmente edulcorado. Si bien se mantienen referencias en los artículos 8 y 11, que regulan la restricción de servicios, a un “órgano competente” no necesariamente judicial, se ha introducido una matización sustancial en el apartado 3 del artículo 11, indicándose que la autorización del secuestro de páginas de Internet o de su restricción cuando ésta afecte a los derechos y libertades de expresión e información y demás amparados en los términos establecidos en el artículo 20 de la Constitución solo podrá ser decidida por los órganos jurisdiccionales competentes.

Especialmente divertida, no obstante, es la cutrez de la propuesta que se contiene en el proyectado artículo 12 bis, apartado 4, que establece que los proveedores de servicios de acceso a Internet deberán facilitar


“información a sus clientes acerca de las posibles responsabilidades en que puedan incurrir por el uso de Internet con fines ilícitos, en particular, para la comisión de ilícitos penales y por la vulneración de la legislación en materia de propiedad intelectual e industrial”


En resumidas cuentas: nuestros actuales gobernantes, no contentos con gastar fondos públicos en la promoción de campañas repletas de falsedades sobre la pretendida responsabilidad penal de las descargas en Internet, ahora aspiran a que empresas privadas dediquen parte de sus recursos al adoctrinamiento masivo contra lo que los mercaderes de la cultura consideran piratería. Al menos podrían proponer, de forma coetánea, una rebaja en el Impuesto de Sociedades para dichas empresas, inventando un nuevo epígrafe: donaciones culturales a la farándula.

5. Quien a hierro mata, a hierro muere

La LSSI sigue siendo tan inútil ahora como hace seis años. Para decir lo que ya dice la Constitución y el resto del ordenamiento jurídico, no hacía falta ni tanto viaje de ida y vuelta, ni tantas alforjas vacías. Pero en fin, aquí estamos, y habrá que seguir estando vigilante durante toda la tramitación parlamentaria: la fase de enmiendas aún puede traer sorpresas.

Lo que pretende la LSSI es que las autoridades facultadas para intervenir en materias como disciplina de mercado, sanidad y consumo, protección de la juventud y la infancia, etcétera, puedan actuar en Internet como en el mundo real, retirando de los escaparates productos nocivos y defectuosos. El problema, como no me he cansado de repetir desde el año 2001, es que lo que en el mundo real es un escaparate, en Internet puede ser una página web. Y las páginas web no pueden enviarse a la hoguera: no sólo porque no arden, sino porque sólo el Poder Judicial está facultado en España para quemar libros.

Tal como pasaba con la LSSI del Partido Popular, la LSSI del Partido Socialista puede prestarse a interpretaciones desviadas por parte de funcionarios estatales, autonómicos o municipales, que entiendan que sus competencias les facultan para interesar la restricción de servicios, y que con mayor o menor fortuna piensen que lo que ordenan no afecta a la libertad de expresión. Y aquí reside el problema: sopesar qué afecta, y qué no, a la libertad de expresión, no debe quedar jamás al arbitrio de un funcionario municipal, sino de un Juez.

Así las cosas, la comunidad internauta se va a ver nuevamente en la obligación de sacar fuerzas de flaqueza y enseñar los dientes. La mejor LSSI es la que no existe, pero si no hay más remedio que aguantar una, que al menos en ella se refuercen las competencias del Poder Judicial. Y para ello nada mejor que mejorar las garantías ya presentes en nuestro ordenamiento jurídico, que considera delito el ejercicio de la censura previa.

Además de consolidar la reforma operada en el apartado 3 del artículo 11 de la LSSI, dejando claro que sólo el Poder Judicial está facultado para secuestrar páginas de Internet, no estaría de más imponerle a las autoridades una sutil espada de Damocles, remitiendo desde el articulado a lo dispuesto en el artículo 538 del Código Penal, que dispone lo siguiente:


“La autoridad o funcionario público que establezca la censura previa o, fuera de los casos permitidos por la Constitución y las Leyes, recoja ediciones de libros o periódicos o suspenda su publicación o la difusión de cualquier emisión radiotelevisiva, incurrirá en la pena de inhabilitación absoluta de seis a diez años.”


Puestos a redactar leyes, y teniendo en cuenta que lo que pretende siempre el Poder es ampliar sus prerrogativas, los ciudadanos debemos exigir que se implanten mayores garantías de nuestros derechos. Que todo poder tenga su contrapeso, y que toda desviación de poder tenga su castigo. Ya que la protección constitucional de la libertad de expresión se extiende a las páginas de Internet, la Constitución en negativo que es el Código Penal debe impedir toda censura de páginas web, y no sólo con inhabilitación para el funcionario, sino con cárcel.

Aprovechando que el Pisuerga pasa por Valladolid, y que la reforma de la LSSI va a coincidir en el Congreso con la reforma del Código Penal, sería bueno que algún legislador con redaños se arremangase y se pusiese con el tema. Quizás hasta descubre que redactando bien una sola Ley, el Código Penal, puede enviar la LSSI al limbo del olvido.

6. La libertad, Sancho…


“… es uno de los más preciosos dones que a los hombres dieron los cielos. Con ella no pueden igualarse los tesoros que encierra la tierra ni el mar encubre. Por la libertad, así como por la honra, se puede y debe aventurar la vida, y, por el contrario, el cautiverio es el mayor mal que puede venir a los hombres.”


Impulsado por José Luis Rodríguez Zapatero, el meme oficial del centenario de la publicación del Quijote ha lastrado buena parte de la legislatura. Pero a pesar del hastío que su extenuante reiteración ha producido en los últimos años, las palabras de Miguel de Cervantes, y los refranes de Sancho, siguen tan vigentes hoy como hace cuatro siglos. Ningún bien puede compararse a la libertad, y de entre todas las libertades, ninguna como la libertad de palabra.

Los ciudadanos asisten atónitos, desde hace años, a una histérica, zafia, y por si fuera poco, aburrida representación de títeres de cachiporra. Una batalla impulsada desde poderosos grupos mediáticos, que han convertido la actualidad política en un ridículo toma y daca de mamporros entre los dos partidos mayoritarios. Tras las candilejas, los responsables de la función esperan su momento.

El poder mediático, que no es sino la espuma del verdadero poder, quiere controlar Internet a cualquier precio. Y en buena parte ya lo está consiguiendo: la forma en que la propia Internet digiere la actualidad viene condicionada desde fuera de la Red. Podemos menear al elefante sobre una telaraña, pero nunca sabremos de dónde cuelgan los hilos.

No tenemos aliados. Aquellos que creemos que la única y verdadera herencia de nuestros hijos es la libertad, no podremos confiar jamás en ningún poder. Paradójicamente, nuestra única esperanza, hoy, no está en el orden sino en el caos que Internet representa. Proteger la libertad que encarna ese caos es nuestra única obligación, nuestro único legado.

Estamos solos: ningún poder nos apoya. Y por principio, debemos desconfiar de todos ellos: del poder político, del poder económico y del poder mediático. Ahora y siempre, lo que sea Internet, y lo que la explosiva libertad que Internet representa pueda suponer para el futuro, sólo depende de nosotros mismos.

No bajemos la guardia.

Valencia, 9 de mayo de 2007.

Nota Jue Jul 19, 2007 10:10 am
Sacado del libro República Internet Carlos Sánchez Almeida que lo podeis descargar aqui:
http://www.rebeldemule.org/foro/ ... php?t=2982

Tres claves fundamentales: Libertad de expresión, Derecho a la intimidad, Propiedad Intelectual

La preocupación por el respeto a los ciberderechos tiene su origen en los movimientos en pro de los derechos civiles, muy activos en los Estados Unidos, país pionero en comunicaciones telemáticas, y en consecuencia, en los conflictos sociales derivados del uso de las nuevas tecnologías. Organizaciones pioneras en este ámbito fueron la Electronic Frontier Foundation y Computer Profesional for Social Responsibility. Sus principales objetivos siempre han sido equiparar el ejercicio de los derechos civiles dentro y fuera de la Red, de forma que lo que es legal o ilegal, lo sea en ambos escenarios por igual, sin que pueda existir discriminación en el ejercicio de la libre expresión o el derecho a la intimidad por el hecho de que dicho ejercicio se produzca o no en el ciberespacio.

Las agrupaciones de defensa de los ciberderechos, encuadradas en la Global Internet Liberty Campaign, consiguieron avances históricos, como la sentencia de Pennsylvania, por la que se declaró inconstitucional la Ley de Decencia en las Telecomunicaciones, mediante la que el gobierno americano pretendía censurar Internet en vía administrativa.

La lucha, con todo, es permanente, tanto a nivel jurídico como político, en los tribunales y en las tribunas de opinión, puesto que son continuos los intentos de gobiernos o empresas por controlar Internet y el libre ejercicio de los derechos fundamentales en su ámbito.

A lo largo del año 2000, publiqué en la revista electrónica Kriptópolis una serie de reflexiones sobre los derechos fundamentales, en el convencimiento de que toda la Carta Universal de Derechos Humanos es trasladable a Internet. El principio de igualdad de oportunidades, el derecho a la educación, están mediatizados por la posibilidad o no de tener acceso universal a la Red; el movimiento asociativo, y por ende el derecho de asociación, ve extraordinariamente abaratados sus costes, económicos y humanos, gracias a las nuevas tecnologías; el derecho al voto electrónico, la democracia directa instantánea, es una posibilidad de futuro... En la misma medida, mediante la Red se pueden cometer serios delitos, bien de forma directa, bien mediante la incitación o apología de los mismos.

Sin embargo, razones de operatividad nos obligan a centrarnos en los ciberderechos que generan más conflictos, y en este sentido debe reconocerse que los tres caballos de batalla fundamentales de las organizaciones de ciberderechos han sido la defensa de la libertad de expresión, del derecho a la intimidad, así como el derecho a la cultura. Son los tres derechos más amenazados en la Red, y ello porque tanto desde las empresas como desde los gobiernos se ha puesto cerco a su libre ejercicio en Internet, un cerco que se ha estrechado a partir de los hechos del 11 de septiembre de 2001.

Los tres derechos están íntimamente relacionados, y ello porque de su control depende la pervivencia del statu quo. La libertad de expresión está al servicio de aquellos que detentan el poder, de aquellos que controlan la información más íntima sobre nosotros, de aquellos a quien más interesa la supervivencia del sistema actual de distribución de la riqueza.

Nota Lun Jul 23, 2007 8:25 am
http://www.derechonntt.com/?p=73
La defensa del honor está de moda

Posted in Derecho y NNTT at 18:33

Siempre he dicho que los procesos de defensa del honor son utilizados, en la mayor parte de las ocasiones, con finalidades más bien discutibles. Este derecho al honor es un concepto bastante abstracto, que algunos interpretan como derecho absoluto (claro que esto sucede al mismo tiempo con varios de los derechos establecidos en la Constitución) y que en ocasiones encontramos promoviendo procedimientos de todo tipo. Basta ver lo que sucede en el mundo del famoseo, donde las denuncias de este tipo son el pan nuestro de cada día. A la que uno dice algo que suena mal, el otro ya está interponiendo la denuncia.

Por supuesto, esto no es la prensa rosa, y no pienso entrar en si esta persona se ha acostado con la otra, o si se han dicho cosas muy feas por la televisión. Aquí voy a a hablar sobre un par de procedimientos relacionados con este tema, uno más conocido que el otro.

Empezaremos por el caso de la SGAE contra Merodeando. Esta demanda proviene de una larga historia, en la cual se realizó una iniciativa para asociar un determinado vocablo con tintes peligrosos como es el de ladrones con el término SGAE, mediante el mecanismo que se vino a llamar Google bombing. Debo empezar diciendo que la forma en que gestiona algunas situaciones la SGAE me parece más bien dudosa, y no comparto, pero tampoco puedo negar que las palabras utilizadas en esa aportación fueron bastante desafortunadas. Tal y como se indica en el texto de la demanda, el termino de mafia ha sido utilizado en ocasiones, y los resultados del análisis por parte del Tribunal Constitucional de un término que es tan claramente ofensivo desde un punto de vista general constituye un límite a la libertad de expresión. Hay formas y formas de decirlo. Ahora bien, lo que me parece curioso en la demanda es la recopilación de los diversos post realizados por terceras personas en las cuales encontramos también la misma descalificación contra esta entidad. Dentro de la redacción de la demanda entiendo que esto se ha realizado con el ánimo de intentar agravar la responsabilidad del titular de la página Merodeando.com, estableciéndole como responsable de los post aportados y que no han sido debidamente moderados por las personas que tenían la potestad para ello. Realmente basta con un aviso por parte de la entidad para entender que hay conocimiento real y efectivo de que es una situación peligrosa? Puede ser discutible, pero cada uno puede tener su opinión. Tampoco quiero verter ríos de tinta sobre un caso que, pese a ser interesante, está siendo desgranado en multitud de sitios. Simplemente quería decir que hay que tener cuidado con lo que se hace. No obstante lo que pueda parecer de mi redacción, deseo al titular de Merodeando mucha suerte en el proceso. Caso similar es el que está sucediendo en alasbarricadas, en este caso una demanda contra la vulneración del derecho al honor de Ramoncín.

Ahora vamos a pasar al segundo caso, menos hablado, pero desde mi punto de vista más interesante. Una acusación contra Google por resultados difamatorios. Curioso por varias razones, entre ellos que la denuncia va contra Google, justificándose en el hecho de que los post han sido realizados de forma anónima y es imposible perseguir al verdadero culpable. El hecho de que Google no pueda controlar dicho contenido de forma automática para el denunciante es secundario. La responsabilidad de un sistema de búsqueda como Google está claro en normativas como el Art. 17 LSSI, o en el caso que nos ocupa la Directiva sobre Comercio Electrónico del 2002. Ahora bien, no ha habido un juez estableciendo el carácter real de dichas afirmaciones y, por tanto, no debería ser exigible a un buscador como Google el bloqueo a un determinado contenido sin la necesaria intervención judicial. No obstante, la normativa aplicable a la difamación del Reino Unido es más estricta a la hora de establecer las posibles excepciones. Tal vez la falsedad debería ser manifiesta, pero si se permite que una persona lo exija y, en caso de no hacersele caso, directamente se pueda presentar una denuncia de este tipo, se vacía de contenido la protección establecida. Pensemos en el miedo que se puede provocar si se sabe que solo con un simple aviso los buscadores se convierten en auténticos responsables de las páginas web (que no olvidemos que se indexan de forma automática). De esta característica deriva el interés del caso.

Nota Lun Ago 06, 2007 7:47 am
http://www.bandaancha.st/weblogart.php?artid=4916

Interceptación de las comunicaciones en EEUU sin orden judicial

05/08/07

Repasando a Mercè Molist nos encontramos con el gravísimo ataque a la privacidad protagonizado una vez más por los EEUU. Se trata de la interceptación de las comunicaciones sin que haya un juez. La Foreign Intelligence Surveillance Act (conocida como FISA, texto completo), en su redacción actual, que data de 1978, ya permite al Gobierno controlar las comunicaciones de sospechosos de espionaje y de terrorismo internacional, pero requiere autorización judicial. El acta describe el procedimiento.

Con la actualización aprobada ya por el Senado (60-28) el viernes -y el refrendo anoche de la Cámara de Representantes con mayoría demócrata (227-183)- los servicios secretos, como la Agencia de Seguridad Nacional (NSA), pueden interceptar conversaciones telefónicas o mensajería electrónica de nacionales estadounidenses con presuntos terroristas en el extranjero con la firma del fiscal general sin pasar por un juez.

Muchas asociaciones ya han protestado. El Washington Post y New York Times también, destacando la presión de George Bush para aprobarla cuanto antes. Quizás vaya contra la Constitución estadounidense. Otra vuelta de tuerca más con la misma excusa de siempre.

Nota Lun Ago 06, 2007 8:51 am
El gobierno de los EE.UU. se acerca cada vez más al fascismo puro y duro.

En fin...

Nota Mié Ago 29, 2007 5:26 pm
http://www.ojobuscador.com/2007/06/08/a ... uscadores/

Amnistía Internacional denuncia a los buscadores

: 8 de Junio de 2007

La ONG Amnistía Internacional ha denunciado a Google, Yahoo!, Windows, y Cisco por ejercer censura en la red. La organización ha presentado un informe sobre el crecimiento de la censura en la red, en el marco de una conferencia sobre víctimas de la represión en Internet, y ha declarado que “el virus de la represión por Internet se ha expandido de un puñado de países a una docena de gobiernos”.

Amnistía Internacional ha alertado también de que el modelo chino, que permite el crecimiento económico pero no la libertad de expresión está empezando a triunfar y a menos que no se ataje el problema, “Internet cambiará y no será reconocible en unos años”.


No he encontrado mas informacion que esta

Nota Lun Sep 03, 2007 8:09 am
Me ha parecido muy interesante este articulo.

¿Controlar Internet?

Lo viejo intenta poner trabas al futuro que ya está aquí, de manos de Internet, y por eso quiere controlar la red. Pero Internet se basa en el principio de intercambio libre de información.

17-08-2007

- A finales de los años sesenta, la Agencia de Proyectos Avanzados (ARPA), dependiente del Ministerio de Defensa de los Estados Unidos, recibió el encargo de crear una red de comunicación que pudiera estar operativa, incluso ante un desastre de grandes dimensiones. Así apareció, Arpanet, en 1969. En ella están los protocolos básicos que utiliza Internet hoy en día.

Progresivamente, Arpanet se fue haciendo pública. Unos años más tarde, en 1990, aparecería la popular World Wide Web (www) y en 1992 se crea la Internet Society, organismo que la administra, y se abre un nuevo horizonte al que se irían asomando poco a poco los ciudadanos del planeta. Ya en 2006 alcanzó los 1.100 millones de usuarios, y se prevé que en diez años la cantidad de navegantes de la Red aumentará a 2.000 millones, y aunque el comercio electrónico se encuentra en una fase muy primaria, su explosión es cuestión de tiempo. Esos 2.000 millones de potenciales consumidores son un poderoso aliciente.

Quién diría que, en algo más de una década, Internet movilizaría a la opinión pública mundial contra los proyectos belicistas del Gobierno del país que fuera su creador, los EE UU. Sin embargo, así fue. Internet se volvió pacifista y los días 2 y 3 febrero de 2003, por primera vez en la historia, tuvieron lugar una serie de manifestaciones a nivel universal contra los planes de guerra de George Bush para Irak.

Pero lo inquietante, de éste y otros acontecimientos, es que no fueron promovidos por ninguna fuerza social convencional, sino por plataformas cívicas que comparten un mismo proyecto surgido desde cualquier punto de la red, y actúan como si se tratara de una mente colectiva. Es innegable que hoy en día en torno a Internet está surgiendo una nueva categoría de luchadores por los derechos civiles, que, descontentos con la gestión que se está haciendo de los intereses colectivos, denuncian la democracia representativa por insuficiente y piden más participación; son conscientes de que las nuevas tecnologías lo posibilitan, y están tomando la iniciativa.

Sin duda, hoy en día las tecnologías de la información y la comunicación están generando una redefinición radical del funcionamiento de la sociedad, similar al momento en que la humanidad alcanzó la luz de la razón, liberándose de la cultura bíblica del medioevo, que le llevaría al taylorismo de la era industrial, "la mano de obra" que sucumbe ante el informacionalismo que nos conduce a la sociedad del conocimiento. Ahora, al igual que en el Ancien Régime, se defiende, regulando y prohibiendo. Pero a diferencia de entonces, ahora los cambios son rápidos y profundos y nadie a ciencia cierta sabe adónde nos dirigimos.

Esta incertidumbre genera resistencia entre los poderes tradicionales. Un ejemplo son los derechos de autor: sus titulares se han sentido defraudados y desamparados y reclaman un mayor apoyo social para que no muera la cultura. Sin embargo, desde el otro extremo se sostiene que nunca la música o el cine han estado más vivos que ahora -y desde luego nunca ha sido más fácil el acceso a la cultura- y reclaman otras iniciativas, como las licencias copylef que permiten la reproducción de una obra para uso personal y su difusión sin fines comerciales. Sus patrocinadores sostienen que, a diferencia del copyright, que mira a la cultura como pura mercadería, el copylef encuentra su fundamento en la creatividad y en el acceso al conocimiento y la cultura.

La Ley de Propiedad Intelectual, y el proyecto de Ley de Impulso de la sociedad de la Información, parten del carácter de defensa. Así, la primera, además de restringir el derecho a la copia privada y de cita, impone un canon compensatorio por lucro cesante, y la segunda quita a los jueces la exclusividad para retirar contenidos de las páginas web, y por dos veces se ha intentado introducir un procedimiento sin precedentes en el Derecho español y no informado por el Consejo General del Poder Judicial, a pesar de afectar a las competencias judiciales. Es el llamado procedimiento "de notificación y retirada", es decir, una auténtica patada digital, ya que habilita a las gestoras de derechos de autor para que, sin declaración judicial alguna, tras unas simples notificaciones, puedan exigir a los proveedores de Internet que retiren los contenidos de las páginas que albergan.

Sin embargo, el lobby que defiende ese intervencionismo lo justifica en la necesidad de paliar la lentitud judicial. Pero, en realidad, lo que teme no es el retraso judicial en sí, sino que los jueces, como ya viene ocurriendo, se nieguen a cerrar las páginas web si no se acredita un fin comercial. Por otra parte, esa pretendida lentitud se resuelve mediante la creación de más juzgados, pero no eliminando las garantías de los ciudadanos.

Nadie duda de la necesidad de restablecer el equilibrio entre el derecho individual de autor y el derecho colectivo a la cultura, sino del procedimiento elegido. Y se recuerda la directiva 2000/31/CE que aconseja "pactar códigos de conducta". También sería deseable bajar los precios de los productos, ya que el salario mínimo es de 570 euros.

En conclusión, estamos ante un momento de cambio de paradigma en el que lo viejo intenta poner trabas al futuro que ya está aquí, de manos de Internet, y por eso quiere controlar la red. Pero Internet se basa en el principio de intercambio libre de información. Los militares norteamericanos engendraron un monstruo llamado Internet. No dejemos ahora que nadie lo domestique.

Artículo de Pedro Martínez, Teniente fiscal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en El Pais


Sacado de aqui http://www.internautas.org/html/4422.html

Nota Lun Sep 10, 2007 8:26 am
domingo 29 de julio de 2007

El gran hermano se acerca

CONSERVACION DE DATOS RELATIVOS A LAS COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS

Estos días pasados el Congreso de los Diputados aprobó un proyecto de Ley que ya ha sido remitido al Senado por el que se obliga a las operadoras de telefonía a conservar los datos de trafico de las comunicaciones electrónicas, tanto de telefonía fija como móvil, Internet e incluso telefonía por Internet, se puede consultar en web del Congreso en
AQUI
La actual legislación sobre Internet, aun a falta del desarrollo reglamentario previsto, ya establece para las ISP la obligación de conservar los datos de trafico generados cada vez que navegamos por Internet, sin embargo para la telefonía fija o móvil, rige el principio del mas absoluto secreto de las comunicaciones y solo pueden ser conservados aquellos datos que sean necesarios para facturar durante el tiempo que pueda impugnarse la factura o exigirse el pago, fuera de ese caso las operadoras vienen obligadas a destruir los datos que se generen en las comunicaciones, art 65 del RD 424/2005, de 15 de abril del reglamento de la ley general de telecomunicaciones. Pero no siempre ha ocurrido asi y dechos datos han sido utilizados en situaciones diversas.
La nueva Ley trae su origen en la Directiva 2006/24/CE del Parlamento Europeo aprobada a instancias del Reino Unido, que la propuso a raiz de que tras los atentados de 2005 en Londres fracasase la pretension del Gobierno de promulgar una Ley similar debido a la oposicion tajante de la opinion publica. De este forma los partidarios de esta norma pretenden allanar el camino frente a la opinion publica y los Parlamentos de sus respectivos Paises, al poder justificicar la iniciativa en necesidad de de trasponer una Directiva Europea.

Este es el caso de España, en donde existe una clara necesidad de dar cobertura legal a situaciones de este tipo en los que se hace preciso la consulta de los datos de trafico de las operadoras por exigencia de las investigaciones criminales sin que exista norma que la habilite, y obligara a que las operadoras intercepten todos los datos de trafico, generados en las comunicaciones electrónicas y se conserven durante un periodo de tiempo de un año, ampliable a dos. Es de interes para esta cuestion la columna de opinion del Teniente Fiscal de Madrir publicada en la pagina de la Asociacion de Internautas titulado QUIS CUSTODIET IPSOS CUSTODES? (¿Quién guarda a los guardias?)
Para que no existan dudas sobre los datos que deberán interceptarse y almacenarse la ley los menciona atendiendo al tipo de comunicación, y expresamente se refiere a aquellos que hacen posible la localización de los teléfonos móviles y prohíbe que se afecte al contenido de la comunicación, de esta forma pretende salvar el derecho al secreto de las comunicaciones art 18.3 de la Constitutucion, pero como bien dice la columna de opinion antes citada "Por otra parte la Constitución, no diferencia entre la conversación y los datos asociados, eso es una cuestión tecnológica pero no jurídica, ambos forman parte de un todo, la comunicación y por lo tanto ambas categorías están amparadas por igual".
En todo caso, y aunque no se intercepte la conversación propiamente dicha, el resto de datos son extraordinariamente comprometedores para nuestra intimidad, art 18.1 de la Constitucion Española, ya que con ellos se puede saber donde hemos estado, con quien hablamos, al menos el numero del teléfono que nos llama, o , al que llamamos, cuanto tiempo dura esa conversación, donde se localiza físicamente nuestro interlocutor, en que lugar nos encontramos nosotros, el entorno por donde nos movemos, a donde nos dirigimos cuando viajamos y eso aunque cambiemos de tarjeta, o de teléfono utilizando la misma tarjeta, para localizarnos basta con que el movil tenga cobertura y la SIM activada.Las paginas web que visitamos, nuestro banco, las compras que hacemos por Internet, los correos que enviamos a quien se los enviamos y cuando... todos estos datos quedaran registrado para poder ser observados.
Para los grupos de derechos civiles esto es una violación del secreto de las comunicaciones. Sostienen que si bien es cierto que los policías necesitarán orden judicial para acceder a los datos, también lo es, que la interceptación de las comunicaciones se lleva a cabo de forma sistemática e indiscriminada, sin que medie una orden judicial y que los datos se entregan no al juez para que discrimine cuales son relevantes para la investigación y cuales no, sino que se entregan directamente a la policía o al CNI, y una vez entregados la Ley no tiene previsto plazo ni control alguno para su utilizacion, ni la destruccion posterior cuando no sean necesarios .
Para muchos el proposito de esta nueva Ley, no es otro mas que obtener información sobre las comunicaciones de los ciudadanos en contra de la voluntad, o al menos, sin, el consentimiento de los interesados y no se dirige contra el presunto delincuente sino que responde al deseo del Poder, de controlar al ciudadano. Para nosotros la Ley adolece de inconstitucionalidad y deberiamos crear una plataforma cívica en defensa de las libertades al estilo de la de “todos contra el canon” para movilizar a la ciudadanía y dirigirse al Defensor del Pueblo para que ejercite la acción de inconstitucionalidad, en caso de que el proyecto prospere.


sacado de aqui http://zegri-nuevastecnologias.blogspot ... s-las.html

Nota Mié Sep 12, 2007 8:06 am

SEGÚN DATOS DE AMNISTÍA INTERNACIONAL
Una decena de gobiernos vigilan lo que sus ciudadanos hacen por Internet

Actualizado martes 11/09/2007 12:16

MADRID.- Según denuncia Amnistía Internacional, actualmente hay 57 países donde ser 'preso político' todavía es factible. Los gobiernos de estos países vigilan 'salas de chat', eliminan blogs o bloquean motores de búsqueda o encarcelan a personas por expresar sus convicciones políticas en la Red.

El director de Amnistía Internacional en España, Esteban Beltrán, aseguró que desde los atentados del 11-S se ha producido un recorte en las libertades que no ha servido para crear un mundo más seguro, sino para que aumentasen los países que restringen las libertades. Beltrán explicó que son diez los países que en la actualidad vigilan a sus ciudadanos cuando estos navegan por Internet. Entre ellos se encuentra China —de la se conocen varios casos de disidentes en la Red detenidos—, Cuba o Mauritania.

Actualmente, en otros 57 hay 'presos de conciencia', es decir, personas encarceladas o sometidas a restricciones físicas por sus convicciones políticas, religiosas o cualquier otro motivo de conciencia, así como por su origen étnico, sexo, color, idioma, origen nacional o social.

"Desde el 11-S, la tortura ha dejado de ser clandestina", lamenta Beltrán, citando como ejemplo la aprobación en EEUU de una ley de Comisiones Militares que, según explicó, "permite la práctica de la tortura de forma legal".

Añadió que "la guerra contra el terror" emprendida tras los atentados "está haciendo retroceder libertades conseguidas en una parte del mundo hace 60 años". "Países de larga tradición democrática están creando sistemas excepcionales que vulneran derechos humanos", sentenció.

"El 11-S nos vendió que un recorte de las libertades podía dar lugar a un mundo más seguro, pero la realidad es muy distinta y actualmente tenemos un mundo más inseguro", concluyó el director de Amnistía Internacional en España.


Encontrado aqui http://www.elmundo.es/navegante/2007/09 ... 01395.html

Nota Dom Sep 16, 2007 2:09 pm
Google insta a unificar las normas sobre privacidad en Internet en todo el mundo


* Tres de cada cuatro países no disponen de legislación en esta materia
* La compañía defiende 'avanzar sin dejar de proteger la información y la seguridad'


Actualizado viernes 14/09/2007 22:03 (CET)

MADRID.- Tres de cada cuatro países no disponen de ningún tipo de legislación sobre privacidad 'on line' y las normas del 25% restante son tan dispares que resultan insuficientes para hacer frente a la naturaleza global de la Red. Google cree que ha llegado el momento de acabar con el caos y diseñar una única normativa para todo el mundo.

La compañía, vista por muchos como un poderoso 'Gran Hermano' por la cantidad de información privada que maneja, considera que los gobiernos de todo el mundo deben pactar unos "estándares globales de privacidad" y salvar así sus diferencias en esta materia.

La propuesta ha sido desarrollada este viernes por Peter Fleischer, consejero de privacidad de Google, en la sede de la UNESCO en Bruselas. "Es importante crear estándares mínimos para que Internet siga avanzando sin dejar de proteger la información de los ciudadanos y la seguridad de las empresas en todo el mundo", ha explicado el experto a elmundo.es.

La iniciativa, que por ahora no plantea soluciones concretas, busca llamar la atención sobre un debate que podría prolongarse durante años. Se trata, según Fleischer, de "un primer paso para concienciar sobre la importancia de la privacidad en Internet".

El 'conflicto' no es nuevo. Como recuerda el asesor en uno de los blogs oficiales de Google, algunos de los "problemas potenciales" ya fueron detectados en la década de los 80. La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) publicó entonces la 'Guía sobre la protección de la privacidad y el flujo transfronterizo de datos personales', directrices que permanecen vigentes en la actualidad junto a numerosos estándares locales.

Pero la información circula ahora en un volumen muy superior al de aquellos tiempos y cruza fronteras a ritmo de vértigo. "Una rutinaria transacción con una tarjeta de crédito puede involucrar a seis países diferentes o más si tenemos en cuenta dónde están situados los centros de atención al cliente y gestión de datos", destaca en un artículo el consejero delegado de Google, Eric Schmidt.

En su cruzada por la privacidad, el gigante de las búsquedas 'on line' ha enviado a Fleischer de gira por varios países para convencer a numerosos organismos de la necesidad de consensuar un nuevo modelo.

En España, donde estuvo esta misma semana, el consejero se reunió con el director de la Agencia de Protección de Datos (AEPD), Artemi Rallo, quien le pidió cambios en el modo en que la empresa almacena la información de sus usuarios. En la actualidad, Google guarda durante 18 meses los datos asociados a las búsquedas.

Fleischer también aprovechó su visita a Madrid para presentar un breve vídeo en YouTube que explica la polémica de un modo "transparente" e "innovador", sin incurrir en terminología legal.


Encontrado aqui http://www.elmundo.es/navegante/2007/09 ... 90854.html



Y esto para reirse un poco de una de las figuras mas destacadas y emblematicas de nuestro pais, el gran *****David Bisbal*****.

La última perla que David Bisbal ha soltado ha sido en un programa de Ondacero Radio.

"En este país hay demasiada libertad de expresión". :lol: :lol: :lol: :lol: :lol: :lol:

Claro que sí David. Menos mal que ya se encargan algunos de que no haya demasiada libertad de expresión. Si hubiera demasiada libertad de expresión en España la revista El Jueves no habría sido censurada por publicar una caricatura de los príncipes, Julio Alonso no habría sido demandado por decir que había un Google Bomb contra la $GA€, el portal Alasbarricadas.org no tendría un juicio este miércoles con Ramoncín porque alguien anónimamente publicó comentarios supuestamente ofensivos en el foro del portal… y sólo hablo de Internet, si hablara de otros medios ya ni te cuento…

Rebosamos de una espléndida libertad de expresión, de demasiada diría David Bisbal.

Perla encontrada en el blog de David Bravo, que no Bisbal.

Nota Mar Sep 18, 2007 5:44 am
La venganza de Protágoras
Jacques Dufresne
Enciclopedia Ágora

La influencia que ejerce el tándem Google-Wikipedia en la vida intelectual de la humanidad entera es un acontecimiento al que merece la pena dedicar una hora. En ella Sócrates ha sido condenado a muerte por segunda vez, pero el jurado no es la asamblea de ciudadanos de una pequeña ciudad de 100.000 habitantes sino los representantes de todas las partes del mundo que responden a la llamada de la mayor potencia de todos los tiempos: Estados Unidos de América.

Recordemos la discusión entre Sócrates y Protágoras. El hombre -decía Protágoras- es la medida de todas las cosas. El hombre del que hablamos aquí no es el hombre en general, la naturaleza humana, sois vosotros y yo. Cada uno de nosotros es la medida de todas las cosas según Protágoras. La palabra verdad no tiene ningún sentido. Una opinión vale lo mismo que cualquier otra y es la fuerza, la del número o la de las armas, la que impone una sobre la otra. A esta tesis relativista Sócrates opone su convicción de que por medio de la razón, el logos, el hombre puede acercarse a la verdad universal. Occidente dará la razón a Sócrates y le permanecerá fiel, en su conjunto, hasta el siglo XX. Por las mismas razones Occidente tomó partido por Sócrates contra el pueblo de Atenas, que le condenó a beber la cicuta.

Es también Estados Unidos quien asegura en este momento la revancha de Protágoras sobre Sócrates por medios de persuasión que se basan en el número. Si la Iglesia romana ha inventado el Índice para prohibir, con un éxito relativo, la lectura de las obras que ella consideraba perniciosas, Estados Unidos ha inventado el tándem Google-Wikipedia para imponer sus valores al mundo con una eficacia tanto más temible en cuanto que está asociada en el espíritu de la gente a servicios indispensables proporcionados gratuitamente a todos los internautas.

¿Qué debo leer?

¿Qué debo leer?, preguntaba antes el alumno a sus maestros, sus familiares o sus amigos, en un contexto en el que el Estado ya había respondido parcialmente a sus preguntas insertando obras en el programa de la escuelas.

Cualquiera que sea la fuente, la sugestión resultaba siempre un ejercicio de criterio, ilustrado por valores indentificables.

Sin embargo, nuestro alumno se interesa primero por Google, que le propone, en una fracción de segundo, los resultados de un plebiscito sobre el tema de su búsqueda. Este mecanismo de búsqueda obtiene los sitios que, sobre un tema dado, recomiendan otros sitios y coloca en las primeras filas de resultados los que reciben más votos. El programa que implementa esta operación es complejo y sus reglas precisas se mantienen en secreto, pero se conocen las grandes líneas. Con toda evidencia, las direcciones generales (agora.qc.ca para la Enciclopedia del Ágora), por ejemplo, se tienen en cuenta lo mismo que las direcciones particulares que muestran un informe, agora.qc.ca/dossiers/eau. Así, la popularidad de un sitio repercute sobre cada sección del sitio e inversamente. No obstante, otorgando derechos de edición a todos los internautas que quieren ejercerlos, un sitio gigante como Wikipedia, confiere una ventaja a todos los que publican con su denominación. ¿Qué importancia relativa concede Google a la direccion general y a las direcciones particulares? Eso forma parte del secreto bien guardado.

Los bombardeos Gogle, operaciones consistentes en multiplicar artificialmente las referencias a un sitio para mejorar la clasificación, se mantienen en secreto. Los internautas han constatado, en efecto, que asociando una expresión dada a la dirección de un sitio, era posible acceder rápidamente al sitio en cuestión. Varios de ellos tuvieron la idea de asociar la dirección del sitio personal de George Bush a la expresión miserable. Haciendo una búsqueda sobre miserable en Google, se obtiene rápidamente el sitio de George Bush como primer resultado.

Si eso es una travesura sin importancia, otras manipulaciones tienen graves consecuencias, como atestigua este artículo de una revista de la Universidad de Montreal:

El movimiento de la cienciología ha sido reconocido por haber monopolizado la expresión de investigación ‘cienciología’ para dominar los resultados de Google, comprando cientos de nombres de dominio todos ellos relacionados entre sí. Ante la táctica agresiva del movimiento, algunos internautas han contratacado creando un bombradeo Google hacia un sitio anti-cienciológico que expone las mentiras de la religión fundada por L.Ron Hubbard en los años 1950. Después de haber logrado los mejores resultados de búsqueda en Google en la primavera de 2002, el sitio en cuestión, http://www.xenu.net, fue eliminado del panel de resultados por la dirección de Google. Los abogados de la cienciología demostraron entonces que un sitio no puede expresar opiniones sobre la cienciología porque todos los términos escritos de esta religión están protegidos por marcas comerciales y derechos de autor. Aunque luego fue reintegrado, el sitio continúa planteando la cuestión del derecho de Google a efectuar la censura y sobre todo el de la religión a beneficiarse a la vez de las ventajas de una religión oficial pagando la protección jurídica de una empresa privada (1).

Estas manipulaciones que mantienen a atención no deben hacernos olvidar que es el criterio cuantitativo aplicado al terreno de la calidad y de los valores lo que constituye el problema fundamental.

La bomba más peligrosa es el mismo Google. Es el criterio cuantitativo el que explica por qué los documentos Wikipeda figuran tan frecuentemente entre los primeros resultados de Google. Hay que reconocer, sin embargo, que a menudo –sin que el procedimiento sea demasiado tosco- que el documento en cuestión es uno de los mejores sobre el tema. El número es un buen criterio para ciertos temas y en ciertas condiciones cuando, por ejemplo, no se ejerce ninguna presión sobre las personas cuya opinión se toma en consideración...

Pero volvamos sobre el proceso de Sócrates y a la revancha de Protágoras. El relativismo triunfa por primera vez por la ley del número en Google y Wikipeda y por segunda vez por las reglas del juego en el interior de Wikipedia. En esta enciclopedia, en efecto, la neutralidad en los valores y las lecciones fundamentales es la regla. Sin que los temas que se prestan a controversia alcancen pronto los campos de batalla, lo que se produce frecuentemente a pesar de las medidas adoptadas para evitarlo.

Es una invitación a atenerse a los hechos. Por otra parte, en este terreno, hay que asombrarse de ello, Wikipedia ofrece las mejores garantías. En cuanto a los juicios de valor, los que sobreviven a la consigna de neutralidad, están condenados a anularse los unos a los otros, ya que no es posible ningun incoherencia en el conjunto de la obra. El mensaje relativista transmitido por el medio en tanto que medio se ve ahí confirmado. El sólo hecho de que el primero que llega se pueda autoproclamar competente en un tema dado, refuerza más el mensaje relativista. ¡Mi verdad vale lo mismo que la tuya!

La revista New Yorker ha revelado a comienzos de marzo de 2007 la verdadera identidad de uno de los colaboradores más prolíficos de Wikipedia, conocido por el seudónimo de Essjay, que pretende ser titular de dos doctorados: en teología y en derecho canónico. Con este título ha escrito 16.000 artículos en la enciclopedia libre en la que cada cual puede convertirse en editor. Incluso obtuvo un empleo como árbitro de conflictos entre colaboradores. Conservó este empleo hasta que un día su verdadera identidad se hizo pública. Se trataba de un un cierto Ryan Jordan que no podía reivindicar como diploma más que el honor de ser un estudiante que abandonó la escuela (2).

Queda por hacer el análisis de las 16.000 contribuciones de Ryan Jordan para conocer el verdadero origen. Si la moneda falsa puede alcanzar tal amplitud, se puede aseguar que los pequeños trucos son la regla. Wikipedia esta expuesta a los mismos riesgos que los blogs. Una empresa lanza un nuevo producto, quiere darlo a canocer un día que le resulta favorable. Puede optar entre un blog y un artículo en Wikipedia si el terreno no ha sido ocupado por otro. Incluso hay manuales sobre el marketing en blogs. ¿Quién ha escrito la biografía de tal escritor, quién ha hecho la crítica de tal pelicula? Nada más lanzarse la nueva cadena francesa de información France 24 se podía leer en Wikipedia un artículo sobre el tema que ofrecía precisiones técnicas tales que se podía sospechar que eran las autoridades de la casa las que habían elegido al autor. Hubiera sido un buen gesto avisar en el estricto plano de la puesta en funcionamiento porque el informe France 24 de Wikipedia sale inmediatamente después del sitio oficial de la cadena en la lista de resultados de Google. Difícilmente se puede imaginar que una gran institución pública francesa se rebaje a utilizar tal procedimiento, pero teniendo en cuenta lo que se sabe de Wikipedia, la sospecha es inevitable en casos precidos. El largo artículo sobre la cadena no es precisamente el tipo de texto que un bienintencionado se toma el placer de escribir para el avance de la ciencia.

No importa que pueda tener razón. Basta que su texto esté en la cúspide de la lista de resultados de Google. Protágoras tenía razón respecto a Sócrates y contra Sócrates gracias a la magia técnica que refuerza un conformismo natural del hombre, y gracias también a una transposición del principio de igualdad en el terreno de los conocimientos donde ese principio no está en su lugar.

¿A quien benefician, pues, esos procedimientos?

Ya que se trata de una sustitución de la fuerza por la razón, es normal que el relativismo planificado del que hablamos, beneficie primero a los que tienen la fuerza. Desacreditar la razón en tanto que medio de acercarse a la verdad, eso equivaldría a destruir de raíz el espíritu crítico. No es sucumbir a un antiamericanismo dictado por el resentimiento sino afirmar que Estados Unidos es quien obtiene el mayor beneficio del relativismo cuyo triunfo en el mundo aseguran. Por el contrario, es constatar lúcidamente el éxito de una estrategia, la del Soft Power [poder de la programación] que ha sido cuidadosamente planificada.

El retorno de Sócrates

¿Qué resistencia es posible oponer a ese relativismo? El relativismo de Protágras no era más que el de la enseñanza de un maestro y de algunos discípulos y esa enseñnza estaba sometida a la discusion en la plaza pública. Participando en esta discusón, Sócrates llegño a hacer prevalecer su concepción del conocimiento y de la verdad. Las cosas se presentan de manera diferente hoy. El relativismo actual no es primero una teoría sino una práctica que se apoya en las nuevas tecnologías de la información y de la comunicación, disponiendo de medios financieros sin equivalente en la historia. Y esta práctica es tal que el medio es el mismo el mensaje, segú los términos que McLuhan empleaba a propósito de la televisión. Entendemos por ello que hay una opinión sobre la verdad y sobre los valores en el funcionamiento mismo de Google así como en las reglas del jugo de Wikipedia. El silencio mismo que rodea a esas reglas es una opinión.

Si la crítica de esos procedimientos es un primer paso en la buena dirección, si por esta razón ella debería ser un programa en todas las escuelas, se convierte en un arma decisiva contra la gigantesca máquina mediática a la que ataca. En ese tereno, no son rentables más que las empresas en situación de monopolio mundial. Solo Estados Unidos ha sabido cumplimentar las condiciones de un éxito así simbolizado por nombres universalmente conocidos: Microsoft, Yahoo, E-Bay, Google. Frente a esas empresas privadas, incluso naciones como Francia quedan reducidas a la impotencia. Apenas llegan a sostener las industrias culturales tradicionales y no atreviéndose a poner resueltamente proa a las TIC [Tecnologías de la información y de la comunicación], tienen que dejarlo a empresas privadas que ahí no tienen ningún interés. Las grandes empresas americanas han logrado imponerse, ocupando rápidamente todo el terreno, enriqueciéndose imponiendo la gratuidad de los programas y de los contenidos. En los demás países, medianos o pequeños, esta situción de hecho tiene como consecuencia que los mejores autores abandonan el terreno de Internet al tándem Google-Wikipedia y continúan no metiéndose más que con los libros para difundir su saber.

Un motor de búsqueda como Quaero, el gran proyecto europeo, no arreglaría el problema. Aún suponiendo que pueda competir algún día con Google en el plano técnico, funcionaría inevitablemente según reglas parecidas a las de Google y los documentos se clasificarían siempre por procedimientos mecánicos y reglas cuantitativas.

Más bien hay que rehabilitar el criterio. Primero por razones filosóficas, pero también en interés de una verdadera eficacia. Distinguimos las investigaciones sobre datos objetivos de las que comportan una dimensión cualitativa. Para las primeras, no habría ningún inconveniente en continuar utilizando las máquinas. En las segundas, las máquinas han alcanzado su límite. Numerosos autores estaban ya convencidos de ello a comienzos del 2000.

En la enciclopedia del Ágora tenemos una larga experiencia en la materia y estamos cada vez más convencidos, sin poderlo demostrar más que por medio de ejemplos, que sería preferible remitirse al ejercicio del intelecto. Si los bibliotecarios son más necesarios que nunca para servir de guías en las investigaciones en las bibliotecas, con más razón el criterio de personas esclarecidas es necesario para la elección de los documentos de Internet.

También somos de la opinión de que en lugar de invertir centenares de millones de euros en una nueva máquina de clasificar documentos, Europa estaría interesada –y sería por otra parte más conforme a su talante propio- contar con la opinión de los investigadores. Quedaría encontrar una metodología y procedimientos técnicos apropiados al servicio de ese criterio. Y medios financieros...
Google-Wikipedia ou le relativisme numérique
La revanche de Protagoras sur Socrate
http://agora.qc.ca/francophonie.nsf/Doc ... -Wikipedia

Notas:

(1) Revista Quartier Libre
(2) Sitio Telegraph.uk

Google, un monopolio informático al servicio del espionaje

En un viejo artículo (La sociedad de la desinformación) decíamos que no hay nada neutral en este mundo, ni siquiera un inofensivo autómata que rastrea internet y que entre los accionistas de Google estaban Tiger Woods, Shaquille O'Neal, Henry Kissinger y Arnold Schwarzenegger, así como dos empresas de capital riesgo, Kleiner Perkins Caufield & Byers y Sequoia Capital, que invirtieron en Google en 1999, apoderándose del 25 por ciento del capital.

Lo de Kissinger y Schwarzenegger está claro, pero no tanto lo de las dos empresas de capital riesgo que mencionábamos. No es habitual que pusieran sobre la mesa nada menos que 25 millones de dólares para una empresa recién creada que entonces casi nadie conocía.

En Kleiner Perkins Caufield & Byers, es este último quien tiene una relación muy estrecha con In-Q-Tel, empresa de capital de riesgo de la CIA que desarrolla tecnologías prioritarias para el espionaje. La CIA creó In-Q-Tel para identificar e invertir en empresas que desarrollen tecnologías informáticas de vanguardia, que sirvan a los intereses de la seguridad nacional de Estados Unidos. En cuanto a Sequoia Capital, financia a empresas tecnológicas que han firmado contratos con el Pentágono, especialmente después del 11 de septiembre, cuando uno de sus directivos, Mark Kvamme, se reunió con el entonces Secretario de Defensa, Donald Rumsfeld, para aplicar tecnologías incipientes a la recopilación de información militar.

Por tanto, la relación de Google con el espionaje estadounidense proviene de la fundación misma de la empresa. Pero el interés informático de los imperialistas no se concentra en penetrar en la intimidad de los internautas particulares, acerca de los cuales ya lo saben absolutamente todo. Su verdadero objetivo está en el espionaje militar con vistas a una próxima guerra imperialista. Internet se creó y se mantiene dominado por intereses absolutamente belicosos e imperialistas. Como demostró Enfopol, el objetivo del control informático no son los particulares sino las potencias imperialistas hostiles a Estados Unidos y a sus grandes multinacionales, el espionaje militar, político, diplomático, tecnológico, industrial y financiero.

Fundada en febrero de 2003, Keyhole Inc. es una empresa con capital de In-Q-Tel, es decir, con dinero de la CIA. Fue la primera empresa financiada por In-Q-Tel en nombre de la Agencia Nacional de Imágenes y Cartografía, en la actualidad la Agencia Nacional de Inteligencia Geoespacial. En 2003 en una conferencia de prensa en In-Q-Tel se citaron las siguientes palabras de John Hanke, el director ejecutivo de Keyhole: La relación estratégica de Keyhole con In-Q-Tel significa que la comunidad de inteligencia ahora se puede beneficiar de la capacidad masiva de expansión y el gran rendimiento de la solución empresarial de Keyhole.

Google ha firmado contratos para suministrar programas avanzados de búsqueda para el espionaje y el ejército. En 2003, en virtud de un acuerdo especial con la CIA, Google personalizó su motor de búsqueda de alto rendimiento para la Oficina de Gestión Interlink, que supervisa intranets secretas, confidenciales y no clasificadas para la CIA y otras agencias de espionaje.

Ese mismo año, la CIA comenzó a financiar una serie de proyectos de investigación a través de la Fundación Nacional de Ciencias para crear nuevas capacidades para combatir el terrorismo mediante la tecnología avanzada. Uno de los programas financiados era para desarrollar un sistema para ser desplegado en el fondo de cualquier sala de chat como un oyente silencioso para escuchar de manera encubierta las conversaciones... El sistema propuesto podría ayudar a la comunidad de inteligencia a descubrir comunidades ocultas y patrones de comunicación en las salas de chat sin intervenciones humanas.

En el otoño del 2004, Google adquirió Keyhole Inc. La CIA trabaja con Google, entre otras cosas, para utilizar el servicio Googles Analytics de la multinacional, descrito por el buscador como el que le dice todo lo que quiera saber sobre cómo sus visitantes lo encontraron y como interactúan con su sitio.

En noviembre de 2005, a través de In-Q-Tel, la CIA lanzó un emisión de acciones de Google por valor de 2,2 millones de dólares.

El juego sucio de Google se destapa


La primera vez que se reconoció públicamente la vinculación de Google con el espionaje imperialista fue cuando a finales de 2006 un antiguo espía de la CIA, Robert David Steel, dijo en un programa de radio de Alex Jones, de alcance nacional en Estados Unidos, que Google tenía íntimas relaciones con la agencia de inteligencia y el gobierno estadounidense.

La fuente era fiable porque Steel mantuvo estrechas relaciones con altos directivos del monopolio informático. Fue también agente de los servicios clandestinos de la CIA, cursó estudios de Política de Inteligencia en la Universidad de Harvard y de defensa en la Academia de Guerra Naval. De 1988 a 1992 fue el civil que ocupó el segundo cargo de importancia (GS-14) en el Comando de Inteligencia de la Marina. Es experto en vulnerabilidad de sistemas digitales informatizados y fundó la empresa de seguridad Open Source Solutions Inc., un nombre sugestivo, OSS, el antecedentes de la CIA. En 2004 pidió el voto para Bush.

Por medio de sus contactos dentro de la CIA y de Google, Steel confirmó que el conocido buscador trabajaba conjuntamente con la agencia de espionaje: Pienso que Google ha cometido un grave error estratégico al involucrarse en asuntos secretos del gobierno estadounidense; ese es un craso error y espero que hagan lo posible por sacar sus manos de eso y romper con esa relación. El espía añadió que Google fue algo hipócrita al rehusar a hacer el honor de atender una solicitud de información del Ministerio de Justicia pues estaban demasiado involucrados con la Agencia Central de Inteligencia, la oficina para la investigación y desarrollo. Finalmente Steel acabó con un llamamiento para controlar Google si el monopolio continuaba involucrándose en prácticas de espionaje: Si en verdad Google está empezando a hacer daño pienso que es necesario que esto sea registrado y hecho público.

La denuncia de Steel se vertía públicamente como consecuencia de que Google había censurado la Tormenta de Terror del presentador de la radio Alex Jones. Éste se tomó la revancha. Pero hay muchas páginas de internet que Google silencia. J. Zittrain y B. Edelman han publicado un estudio que evidencia que, al menos en las versiones para Francia y Alemania, Google ha sacado de su base de datos más de 100 sitios web comprometedores. No existe un único Google; las diferencias entre las versiones regionales de Google respecto a su matriz (google.com) obedecen a sistemas de filtrado y exclusión de determinadas páginas debido a causas diversas como mandatos judiciales, censura gubernamental, monopolios privados, grupos religiosos, etc. En su estudio Zittrain y Edelman muestran una lista de 113 sitios que constan en la versión de google.com pero que han sido excluidos de google.fr (Francia) y google.de (Alemania).

Hay páginas públicas en internet que Google expulsa de sus índices, pero hay otras reservadas en las que quiere penetrar, aunque ellas por su parte traten de protegerse de esa curiosidad. La mayor parte de internet es invisible o de difícil acceso. Según la Universidad de Berkeley, California, la cantidad de información de la web navegable o visible es de 147 terabytes, mientras que la web invisible es de 91.850 terabytes. Hay zonas de acceso restringido con diversos fines, especialmente militares; otros son inaccesibles al público (intranets) a causa de cortafuegos, porque requieren una suscripción previa o el pago de una cantidad. Pero en un 78 por ciento la restricción de acceso es por motivos de seguridad militar. Es la parte más golosa para el espionaje: entrar allá donde las puertas están cerradas con llave.

Tecnología informática al servicio del espionaje

Con posterioridad a su primera intervención por la radio, el espía Steel ha seguido reiterando los estrechos vínculos de Google con la CIA. En el curso de una conferencia cerca de Washington dijo que el motor de búsqueda de Google puede indexar información a una velocidad de cerca de 583 megabites por segundo y responder a más de un millón de preguntas en 24 horas.

Steel le dijo también a HSToday.us por correo electrónico que conoce todos los detalles de la cooperación de Google con la CIA, pero se negó a dar detalles concretos debido al trabajo que realiza para sus clientes. Confirmó textualmente que Google coopera de manera activa con la CIA pero también agregó: No estoy seguro de que la Casa Blanca sepa de esto.

El espía agregó: No tengo ninguna duda de que Google decidió que podía hacer un pacto con el diablo y evitar que lo agarraran. En mi opinión, Google es un medio público y debe permanecer más puro que la esposa del César. Que Google haya cedido ante China y manifestara su conformidad con la restricción de algunos contenidos, son decisiones que pudieran ser revocadas con posterioridad. Sin embargo, no me gusta para nada y soy muy crítico de Google por violar su regla de ‘no hagas daño’. Desde mi punto de vista, una relación financiera y de intercambio de información secreta con la Comunidad de Inteligencia estadounidense o cualquier otra comunidad de inteligencia, viola todo lo que debiera ser sagrado para Google y sugiere que ya no podemos confiar en que mantendrán los principios y el espíritu con que surgieron.

Según Steel el buscador se comportaba de manera hipócrita y engañosa al manifestar, por un lado, su negativa a colaborar al Ministerio de Justicia, mientras ha estado recibiendo dinero y orientaciones de la Oficina de Investigación y Desarrollo de la empresa In-Q-Tel y seguramente también de la Agencia de Seguridad Nacional y del Comando de Seguridad e Inteligencia del Ejercito.

Lo más apeticible de Google para la CIA es el rastreo de datos de los usuarios del buscador. Con el permiso del usuario, dice Steel, mediante identificadores un programa puede suministrar un perfil muy detallado del usuario, puede aplicar procesadores analíticos a un usuario o usuarios con comportamientos similares y analizar y resumir los datos detallados con los datos aproximados.

Steel añadió que los usuarios no saben qué tipo de aplicaciones están en funcionamiento y los administradores de sistemas no saben lo que Google captura y rastrea. Un gran inconveniente para las organizaciones es que las aplicaciones virtuales de Google pueden tener una copia de datos y datos bien detallados de lo que hicieron los usuarios cuando estaban en el sistema.

Por su parte, antes de destaparse la noticia, un portavoz de Google había manifestado que los datos de los usuarios no estaban actualmente correlacionados con la búsqueda de consulta de cada usuario, pero reconocieron que la tecnología y la política de intimidad de Google le permitían conseguirlo.

Google busca información para la guerra imperialista

Los portavoces oficiales de los servicios de inteligencia tuvieron que reconocer finalmente que la Oficina para la Investigación y el Desarrollo de la CIA habían estado financiando a Google y dándole orientaciones adicionales sobre sus necesidades de espionaje y control.

Desde su amplia base de datos el buscador coopera con el espionaje estadounidenses para completar información de los usuarios de internet relacionados con la guerra imperialista. Se trata de fortalecer la capacidad para controlar la información sobre los usuarios del buscador como parte del esfuerzo del espionaje militar para obtener información que pudiera resultar de interés para la guerra contra sus rivales, incluida la guerra económica, que no es más una forma exacerbada de la competencia exterior a la que están abocados los monopolios estadounidenses.

Según el espía, Google tiene un superordenador que reparte aplicaciones. Algunas de estas aplicaciones son gratis para el usuario, por ejemplo la búsqueda. Otras aplicaciones son para los 4.000 trabajadores del buscador, por ejemplo, los programadores que trabajan en el Googleplex y los que utilizan las formidables capacidades de los cálculos matemáticos intensivos para averiguar qué están haciendo los usuarios.

Steel explicó que el programa informático virtual de Google, que le permite al usuario ejecutar una tarea en cualquier dispositivo mientras esté disponible una conexión de internet sin instalar un programa informático, también puede hacer un rastreo aproximado del usuario con la información suministrada por las cookies de sesión de Google que, según dijo, son cookies persistentes que caducan en el futuro, agrupan las acciones de los usuarios en una sección y agrupan las terminales para aclarar datos.

Durante mucho tiempo Steel defendió el uso de información de fuente abierta en el proceso de recopilación de información de inteligencia. A finales de 2005 dijo públicamente que el sector privado, encabezado por Google, IBM, CISCO, y L-3 Communications, oferta soluciones genéricas de inteligencia de fuente abierta que son tan baratas y razonables como para desafiar de manera considerable la práctica existente con respecto a las soluciones de autorización de ventas, organismos y tecnología dirigida a un solo objetivo que no responde a la misión que se necesita para el proceso continuo de transformación de datos, información y conocimiento del entorno en un producto inteligente para la acción bélica.

Google está utilizando también la Plataforma Rosetta de Tecnología de base (Basis Technology's Rosette Platform) también financiada por la CIA, un programa para identificar, clasificar y buscar texto no estructurado en los idiomas de Asia oriental, Europa y el Oriente Medio. El programa suministra capacidades lingüísticas avanzadas en las que se incluyen la normalización, el análisis morfológico y la extracción de nombres. Yahoo también está utilizando esta tecnología.

La Ley Patriótica concede facilidades

La colaboración informática de Google no se ciñe exclusivamente a la CIA, sino también a la Agencia de Seguridad Nacional y al FBI.

De conformidad con la Ley Patriótica, aprobada tras el 11-S, el gobierno tiene la facultad de exigir información reservadamente a cualquier empresa, si considera que es necesario para proteger la seguridad nacional. La Ley Patriótica faculta a los supervisores de campo del FBI a reclamar información emitiendo Órdenes de Seguridad Nacional sin la autorización judicial para obtener los archivos de los proveedores de servicios de comunicación electrónica.

Utilizando su autoridad ejecutiva, Bush también autorizó a la Agencia de Seguridad Nacional para llevar a cabo la vigilancia sin necesidad de una orden judicial, una acción cuya legalidad se ha puesto en tela de juicio y que próximamente se llevará a una audiencia en el Congreso. Por su parte, el gobierno ha defendido con denuedo la legalidad de sus actividades de vigilancia en Estados Unidos en semanas recientes.

Otros espías, incluyendo a uno que trabajó para la Agencia de Seguridad Nacional, reconocieron a HSToday.us que esta Agencia es la que con mayores probabilidades podría tener acceso a los datos de los usuarios de Google. El antiguo funcionario de la Agencia de Seguridad Nacional bromeó al decir que si el gobierno piensa que Google tiene las mayores capacidades para la recopilación de información, entonces ¿que ha estado haciendo la Agencia de Seguridad Nacional todos estos años?

La Agencia de Seguridad Nacional controla rutinariamente el tráfico regular de internet y ha estado interceptando de manera selectiva las comunicaciones a través de internet a escala nacional, como parte de un esfuerzo de vigilancia autorizada por Bush, dirigido a la interceptación, sin necesidad de orden judicial, de las comunicaciones electrónicas a escala nacional en la búsqueda de información de interés estratégico para los imperialistas estadounidenses. La búsqueda de esta información es necesaria y exitosa, dijo a HSToday.us un veterano de las actividades turbias del espionaje, aunque estos logros se discuten muy pocas veces, si es que alguna vez se discuten o se reconocen públicamente.

Don Weber, portavoz de la Agencia de Seguridad Nacional, dijo a HSToday.us que el programa de vigilancia contra el terrorismo sigue siendo altamente clasificado, por consiguiente, sería irresponsable de nuestra parte discutir problemas operativos reales o supuestos.

El espionaje, especialmente la CIA y la Agencia de Seguridad Nacional, también trabajan con otras empresas de alta tecnología como VentureGoy Group para suministrar soluciones innovadoras que satisfagan las necesidades del espionaje estadounidense. VentureGoy ha establecido canales de ventas con muchos integradores de sistema importantes que tienen contratos de IT con el Pentágono, la CIA, la Agencia de Seguridad Nacional, el Ministerio de la Seguridad Nacional y el Ministerio de Justicia.

Cookies misteriosas

Han sido identificados al menos tres espías de una agencia de inteligencia que trabajan en Montain View, California, donde se encuentra la casa matriz de Google, para reforzar la capacidad de los motores de búsqueda con el fin de controlar los datos de sus usuarios. Antiguos ingenieros de programas del espionaje han trabajado para Google y los anuncios de empleos técnicos de Google especifican a los aspirantes que buscan trabajo en Google que deben poseer autorización actual de seguridad máxima del gobierno al nivel TS/SI. SI son las siglas en inglés de inteligencia especial, un eufemismo para la Inteligencia de Comunicaciones o COMINT.

Las bases de datos de Google constituyen el mayor almacén en internet en cuanto a datos del usuario y análisis de visitantes a sitios de la red, y esto tiene un gran valor para el espionaje, que utiliza esta información mediante complejos programas informáticos de rastreo.

Las listas de visitantes son los caminos que éstos toman a través de un sitio web. Analizar los datos de estas listas ayuda a descubrir modelos de navegación y las rutas comunes que utilizan. Para abreviar, determinar los patrones de búsqueda de los usuarios, de los cuales se puede obtener mucha información.

Los informes del análisis del flujo de visitantes tradicionales suministran información de cada visitante que entra en un sitio web. Estos informes reflejan los instrumentos de búsqueda y las palabras clave que utilizan las personas para encontrar un sitio web y cómo éstos transforman a los visitantes de un sitio web en compradores y clientes potenciales.

Un especialista en seguridad informática, Daniel Brandt, ha criticado la utilización por parte de Google de cookies, todavía misteriosas, con fechas de caducidad en el 2038. Brandt pertenece a Public Information Research Inc., que dirige GoogleWatch.org y Scroogle, un servicio de búsqueda anónima en internet mediante Google. Según este experto, el propósito de una ID única de Google es registrar sus términos de búsqueda para determinar información de los usuarios en presentes o futuros perfiles.

Brandt pregunta en su sitio GoogleWatch.org: ¿Qué pasaría si Google construye una base de datos con palabras claves asociadas a las direcciones de su gmail? Las posibilidades potenciales para el abuso son asombrosas. Google podría diseñar una base de datos que descargara las direcciones de correo electrónico de aquellos que utilicen esas palabras claves. ¿Qué decir de palabras como cuchillas de cajas y horarios de aerolíneas en el mismo correo electrónico? ¿Puede pensar en alguien que pudiera estar interesado en obtener una lista de direcciones de correo electrónico para esa combinación particular?

A las agencias de inteligencia les encantaría jugar con esta información, dice Brandt: Se podrían generar diagramas que mostraran las redes sociales de personas que tienen inclinación por ciertas ideas. Esta es una forma de ‘minería de datos’ que es muy lucrativa en la actualidad para las firmas de tecnología avanzada, como por ejemplo Google, que establece contratos con agencias federales. Las direcciones de correo electrónico relacionadas con palabras claves serían perfectas para esto. El hecho de que Google ofrezca tanta capacidad de almacenamiento convierte a gmail en algo excepcionalmente peligroso y espeluznante.

Philipp Stark, profesor de estadística de la Universidad de Berkeley, California, dice que revisar las consultas de los usuarios a los sistemas de búsqueda puede ayudar a comprender el comportamiento de la búsqueda de los actuales usuarios de la web.

Este es el resultado de utilizar los sistemas de búsqueda y todo tipo de coeficientes de acumulación como herramientas de vigilancia, dijo a la agencia Reuters Jim Harper, del Instituto libertario Cato, quien también dirige privacilla.org, una base de datos de internet para la protección de la intimidad.

La CIA y el FBI redactaron algunas entradas de Wikipedia

El programa informático WikiScanner, elaborado por el norteamericano Virgil Griffith, del Instituto de Santa Fe para rastrear internet, ha revelado que varios artículos insertados en la enciclopedia libre Wikipedia fueron redactados desde ordenadores instalados en la CIA y el FBI.

Wikipedia tiene fama porque cualquier internauta puede redactar los artículos que figuran en esa publicación digital.

El programa rastreador de Griffith es capaz de determinar los ordenadores desde los cuales fueron hechas modificaciones a los artículos de Wikipedia. Se supo, por ejemplo, que los artículos sobre la guerra en Iraq y la prisión norteamericana en Guantánamo habían sido redactados desde los ordenadores de la CIA y el FBI. Desde los ordenadores de la CIA también fueron redactados los artículos sobre la invasión norteamericana a Iraq en 2003.

Entre otros artículos modificados, cabe mencionar el relativo a la biografía del antiguo director de la CIA, William Colby. Desde un ordenador de la CIA fueron modificados datos concernientes a su carrera profesional.

A juicio de los expertos, tales acciones crean un conflicto de intereses. Sandy Ordóñez, portavoz de Wikipedia, comentó a los periodistas que esas acciones contradicen las normas de neutralidad establecidas en Wikipedia, según las cuales ninguna persona que tenga que ver con el artículo publicado tiene derecho a modificarlo.

[Habrá redactado la guardia civil la entrada de Wikipedia correspondiente a nuestro Partido?]


Fuente: http://www.antorcha.org/

Nota Mar Sep 18, 2007 3:28 pm
Muy bueno el articulo rubiera.
Para ponerse a temblar ya que con toda esa informacion sobre nosotros les sera mucho mas facil manipularnos, confiemos en que internet reaccionara y creara las herramientas para contrarestar esto.

salud

Nota Mar Sep 18, 2007 7:58 pm
A EXCEPCIÓN DEL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA

Los grupos parlamentarios apuestan por la banda ancha universal y una Internet sin censura previa.

Las enmiendas presentadas por los grupos parlamentarios a la Ley de Medidas de Impulso a la Sociedad de la Información dan mayoría parlamentaria para declarar el acceso a Internet por banda ancha como servicio universal y se manifiestan en contra de que las autoridades administrativas puedan cerrar páginas web sin orden judicial.

Internautas Televisión17-09-2007 -

El pasado 7 de setiembre finalizó el plazo de enmiendas dado por la Mesa del Congreso a los grupos parlamentarios que a excepción de PSOE y Ciu han optado por enmendar la proposición de Ley de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información aprobada por el Consejo de Ministros a Propuesta del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en lo referente
a no permitir la violación del derecho a la libre expresión, prensa y opinión garantizando la intervención del poder judicial en el secuestro de publicaciones y servicios de la Sociedad de la Información. Sin duda porque constituyen derechos fundamentales reconocidos por la Constitución Española que, con la redacción propuesta por el Ministerio, no quedaban garantizados ni salvaguardados.

Además ningún grupo parlamentario ha hecho suya las enmiendas, relativas a las pretensiones liberticidas que la SGAE y otras entidades de gestión habían auspiciado con la inclusión de un nuevo articulado - artículo 17 bis-, rechazado anteriormente por el Consejo de Estado, el Consejo Asesor de las Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, CATSI y la Secretaria de Estado de Telecomunicaciones.

Por otra parte, los grupos parlamentarios de IU-ICV, CHA, Grupo Mixto, CiU, PNV y PP han propuesto otras enmiendas en coincidencia con las tesis defendidas por las organizaciones sociales y profesionales, como es la de considerar el acceso a Internet por banda ancha. Además, esa mayoría podría estar de acuerdo en que el Estado transfiera el conocimiento y la tecnología de titularidad pública a toda la sociedad y por último apuestan porque los proveedores no puedan realizar injerencias en el tráfico de Internet,( Net Neutrality).

Precisamente en unos momentos en que se suceden de forma confusa e
interesada diversidad de informaciones, sobre un supuesto acuerdo entre los Ministerios de Cultura e Industria, hecho a medida de las sociedades
de gestión de los derechos de autor , y a espaldas de los consumidores jurídicos y físicos de los soportes digitales susceptibles de ser gravados, para imponer un canon digital, arbitrario, indiscriminado e
injusto.

Las organizaciones abajo firmantes valoramos muy positivamente que una mayoría parlamentaría haya recogido, en esta ocasión, buena parte de las propuestas de enmiendas presentadas a los grupos en pro de la salvaguarda de los derechos fundamentales y en beneficio del interés general.

Hispalinux, FFII, RITSI, Comfia-CCOO, COPYME, ATI, Asociación de Internautas, AI2, Linux.es, APEMIT, Inciativa Focus, Legalventure, Iglues, ESLIC, AGNIX, LiMa, LiCor, GCubo, Informáticos Penitenciarios, Fundación Ciencias de la Documentación, IEPALA, GALPon, GALITE, GPUL, OuSLi, EstándaresAbiertos.org, BandaAncha.st representando a 490.000 profesionales de las TIC

Madrid, 17 de setpiembre de 2007

Encontrado aqui http://www.internautas.org/html/4474.html





RECLAMA 9.000 EUROS PARA "SATISFACER LA AFRENTA"


La SGAE denuncia a una revista porque les llama "piratas" en un artículo de opinión

Sin previo aviso ni petición de rectificación, la SGAE ha denunciado a la revista literaria Quimera y le pide 9.000 euros por "daños al honor". Un artículo publicado en mayo en las sección de opinión ha sido la excusa. Dice la SGAE que "se sienten difamados" porque, en su artículo, Trebor Escargot les llama "piratas". Quimera no sale de su asombro porque "ellos utilizan esta palabra todos los días contra la gran mayoría de ciudadanos de este país". Los responsables de la publicación han asegurado a Libertad Digital que llegarán "hasta el final" en este proceso "para defender la libertad de expresión".

Noticia publicada el 14-09-2007

(Libertad Digital) "Ni si quiera se han puesto en contacto con nosotros para pedirnos una rectificación", así de sorprendidos se mostraban algunas fuentes de Quimera consultadas por Libertad Digital. Una publicación literaria que reconocen estar "preocupada" porque no concibe las razones que alega la SGAE para denunciarle y exigir una contraprestación de 9.000 euros.

Para su redactor jefe, Jaime Rodríguez, "es curiosísimo que una organización que nació para defender los derechos de las ideas y la libertad demande a los que creamos las ideas".

El afán recaudatorio de la SGAE ha pillado de sorpresa a esta veterana publicación literaria que ya cuenta 26 años de vida. "Lo primero que me sorprendió" confiesa Jaime Rodríguez a Libertad Digital, fue que "esto ocurrió cuatro meses después de que se publicara el artículo", y lo segundo "que no nos pidieran una rectificación o se comunicaran primero con nosotros, que es lo que se suele hacer en estos casos".

El redactor jefe de Quimera también se ha mostrado sorprendido porque la gestora de derechos, "en el legajo judicial que nos ha enviado" se siente ofendida porque Trebor Escargot en su artículo de opinión y "con un estilo literario y metafórico" habla de "piratas para referirse a la SGAE". Y, no deja de ser paradójico para Rodríguez que "se sientan ofendidos porque haya utilizado la palabra pirata, cuando ellos la utilizan todos los días contra la gran mayoría de ciudadanos de este país".

Uno de los grandes problemas con los que se enfrenta esta publicación es que la SGAE ha puesto precio a su "honor". El gabinete legal de la Sociedad de Autores ha pedido a Quimera 9.000 euros, como suma necesaria para "satisfacer la afrenta".

Un artículo de opinión publicado en la sección de opinión

En el mes de mayo, Quimera publicaba su número 282. Entre las páginas de la revista, destaca la sección de opinión llamada Kalidoskopio. En ella, una de sus firmas invitadas rubricaba un artículo titulado "La horda de los gestores". En sus líneas, Trebor Escargot, habla de literatura y de piratería, y de cómo algunos "desaprensivos piratas" que se dedican a "chulear" el arte "y chuparle la sangre en nombre de la gestión y la propiedad intelectual".

La SGAE "discrepa de la valoración de la publicación como lo demuestra de manera inequívoca la presentación de la demanda y somete al juzgado la resolución del conflicto".

La revista lamenta que la SGAE haciendo "una interpretación burda y literal" del texto haya solicitado la cantidad de 9.000 euros por la "recuperación de su honor" y aseguró que litigará en defensa del derecho de sus colaboradores a emitir su opinión.

Llegaremos hasta el final

Este ataque contra la libertad de opinión y expresión no es tolerable para el redactor jefe de Quimera que, en declaraciones a Libertad Digital, asegura que continuarán el proceso judicial hasta sus últimas consecuencias. "No pensamos pagar y olvidarnos del tema, queremos seguir".

Encontrado aqui http://www.libertaddigital.es/noticias/ ... 13235.html

Nota Sab Oct 06, 2007 12:09 pm
http://www.internautas.org/html/4512.html
PP y PSOE, unidos para aprobar la Ley que permitirá controlarnos a través de Internet y las comunicaciones electrónicas

Ayer el Senado, aprobó con el apoyo absoluto del PP, un proyecto de Ley por el que se obliga a las operadoras de telefonía a conservar los datos de trafico de Internet y las comunicaciones electrónicas, tanto de telefonía fija como móvil, e incluso telefonía por Internet.

06-10-2007

La actual legislación sobre Internet, aun a falta del desarrollo reglamentario previsto, ya establece para las ISP la obligación de conservar los datos de trafico generados cada vez que navegamos por Internet, sin embargo para la telefonía fija o móvil, rige el principio del mas absoluto secreto de las comunicaciones y solo pueden ser conservados aquellos datos que sean necesarios para facturar durante el tiempo que pueda impugnarse la factura o exigirse el pago. Fuera de ese caso las operadoras vienen obligadas a destruir los datos que se generen en las comunicaciones, art 65 del RD 424/2005, de 15 de abril del reglamento de la ley general de telecomunicaciones.

La nueva Ley trae su origen en la Directiva 2006/24/CE del Parlamento Europeo, propuesta por el Reino Unido, a raíz del fracaso de su Gobierno tras los atentados de 2005 en Londres de promulgar una Ley similar debido a la oposición tajante de la opinión publica.

El debate, que precedió a la aprobación de la Directiva, no fue pacifico, y desde los grupos de derechos civiles sostuvieron que el sacrificio del derecho a la intimidad y la vida privada no es proporcionado con la finalidad legítima perseguida y no existe una necesidad social imperiosa para tal limitación.

El supervisor europeo de protección de datos (EDPS), Peter Hustinx, manifestó no tener claro que la recién aprobada directiva de retención de datos de telecomunicaciones cuente con las necesarias salvaguardas para garantizar la seguridad de los datos de los usuarios, ni que los ciudadanos sean conscientes del almacenamiento de datos que se produce. Así, considera probable que la normativa acabe en el Tribunal de Justicia de la UE.

En esta línea, en Francia, Alex Türk, Presidente de la Comisión Nacional de la Informática y de las Libertades (Cnil), este verano, advirtió contra la "sociedad de la vigilancia", que a su juicio se está implantando. Según dijo, "los individuos se dejan tentar por la comodidad que las nuevas tecnologías les ofrecen", "pero son poco conscientes de los riesgos que comporta". También, la Abogada General Juliane Kokott, en un informe de julio 2007, recuerda que una reciente resolución del Bundesverfassungsgericht alemán sobre el análisis computerizado de datos personales, considera que tales injerencias son de alta intensidad, ya que el ciudadano no da motivo alguno, y puede sentirse intimidado cuando actúa dentro de la Ley, debido a los riesgos de abuso y al sentimiento de ser observado.

Desde esta pagina Pedro Martínez Teniente Fiscal de Madrid, en un reciente articulo titulado
QUIS CUSTODIET IPSOS CUSTODES? (¿Quién guarda a los guardias?) , entre otras cuestiones advertía de la falta de control judicial en la entrega y utilización de la información.A lo anterior, hay que añadir, el alto coste que la configuración de los equipos para cumplir esta obligación supondrá para las operadoras, que al final repercutirá en la factura del teléfono.


En definitiva, los datos que deben ser guardados, son extraordinariamente comprometedores para nuestra intimidad, ya que con ellos se puede saber donde hemos estado, con quien hablamos, cuanto tiempo dura esa conversación, donde se localiza físicamente nuestro interlocutor, en que lugar nos encontramos, y para eso basta con que el móvil tenga cobertura y la SIM activada. Las paginas web que visitamos, nuestro banco, las compras que hacemos por Internet, los correos que enviamos a quien se los enviamos y cuando, y que descargamos y con quien intercambiamos, en las redes P2P. Todos estos datos quedaran registrado para poder ser observados durante dos años.

Si bien es cierto que la policía necesitará autorización judicial para acceder a los datos, también lo es, que la interceptación de las comunicaciones se lleva a cabo de forma sistemática e indiscriminada, sin que medie una orden judicial. Por otra parte los datos no se entregan al juez para que discrimine cuales son relevantes para la investigación y cuales no, sino que se entregan directamente a la policía o al CNI, quienes podrán disponer de ellos a su antojo sin control alguno.

El propósito de esta nueva Ley, no es otro mas que obtener información sobre las comunicaciones de los ciudadanos en contra de la voluntad, o al menos, sin, el consentimiento de los interesados y no se dirige contra el presunto delincuente sino que responde al deseo del Poder, de controlar al ciudadano. Para nosotros la Ley adolece de inconstitucionalidad, es desproporcionada, no diferencia entre estar dentro, o fuera de la Ley, y carece de control judicial, por eso deberíamos crear una plataforma cívica en defensa de las libertades al estilo de la de “todos contra el canon” para movilizar a la ciudadanía y dirigirse al Defensor del Pueblo para que ejercite la acción de inconstitucionalidad.

Asociación de Internautas

Nota Jue Oct 11, 2007 7:36 am
EL DEFENSOR DEL INTERNAUTA RECOMIENDA:

¿Qué hacer si me roban una foto y la cuelgan en Internet?

Este verano se repite esta pregunta con cierta asiduidad. Ofelia Tejerina, responsable del servicio del Defensor del Internauta, nos ofrece respuestas a la hora de encontrarnos ante esta posible situación.

10-10-2007 - ¿Qué puedo hacer si veo una foto mía desnudo o en top less colgada en Internet? ¿Y si no es desnuda, pero también quiero que la retiren?

Intentar localizar al propietario del dominio (tal vez en who is) y dirigirte a él paa que retire esa imagen y, si no lo hace, denunciarlo ante la policía. Si el titular del dominio (no el servidor) está en el extranjero, tal vez tenga en su aviso legal cómo reclamar (p.ej. https://www.youtube.com tiene la vía de la política de privacidad y la del copyright). El último, y más efectivo recurso, la denuncia policial: el Grupo de delitos telemáticos o la Brigada de de Investigación Tecnológica

Depende, no podrás si por ejemplo si la captación de tu imagen es accesoria a la imagen que concretamente se está tomando, y se está en un lugar público, pues no vas a tener mucho que hacer. En concreto, la Ley dice que el derecho a la propia imagen no impedirá:

a) Su captación, reproducción o publicación por cualquier medio cuando se trate de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público.

b) La utilización de la caricatura de dichas personas, de acuerdo con el uso social.

c) La información gráfica sobre un suceso o acaecimiento público cuando la imagen de una persona determinada aparezca como meramente accesoria. Las excepciones contempladas en los párrafos a) y b) no serán de aplicación respecto de las autoridades o personas que desempeñen funciones que por su naturaleza necesiten el anonimato de la persona que las ejerza.

¿¿Qué castigo penal puede caerle a alguien que publique mi foto desnuda en una playa?

Si entendemos que la fotografía en si supone una lesión a la dignidad de la persona, atentando contra su propia estimación, y es publicada en Internet, entonces podríamos incluso hablar de una "injuria" con el agravante de publicidad, pero en resumen, las acciones judiciales que existen hoy, conllevarían penas de hacer (más bien cesar en la publicación) y multas económicas.

¿ Si es un vídeo, ¿es más grave o es lo mismo?

Es lo mismo a efectos de posibilidades de defensa judicial, pero, dependiendo del contenido podría intentararse que el juez valorara una mayor gravedad (la Ley habla de captación, reproducción o publicación por fotografía, filme, o cualquier otro procedimiento de la imagen de una persona).

¿En qué delitos incurre alguien que cuelga la foto robada de otra persona en una playa?

Me remito a lo anterior, se podría hablar de un delito de injurias, e
incluso, dependiendo de si además de estar desnuda está en situación más comprometida, incluso de un delito de revelación de secretos, con penas de prisión de entre 2 y 5 años.

Si me tapan la cara, ¿tienen derecho a poner una foto desnuda mía, aunque para mis amigos sea reconocible?

Si te tapan la cara de tal forma que se dificulte la identificación de la persona, entonces no hay problema, pero, si resulta que la persona tiene un tatuaje inconfundible, y se publica la fotografía en la Intranet del trabajo, entonces la identificación de la persona es obvia aunque no se le vea la cara.

La mayoría de lugares donde se cuelgan estas fotos están en países remotos, ¿cómo se soluciona eso?

La colaboración de la Interpol es imprescindible, aunque, suele estar más implicada cuando las imágenes son de menores. En cualquier caso, la denuncia policial es el primer paso, pues abre la actuación judicial, única forma legal de lograr la retirada de contenidos de la Red. Desde la AI estamos insistiendo continuamente en la necesidad de la especialización de nuestros juzgadores en materia de nuevas tecnologías.

Una vez subidas a Internet, ¿esas fotos pueden pasar de página en página de forma que sea imposible retirarla del todo?

Si, no sólo que se vaya "linkando" de una a otra web, sino que además quedan las memorias caché y las hemerotecas virtuales. Como digo, eso es especialmente grave cuando hay menores implicados, por eso es tan importante que en los colegios e institutos se explique a los chavales que algo así no es una broma divertida, que es muy grave y, que sufrirlo, puede llevarte incluso a serios problemas psicológicos.

Aparte de cerrar las páginas, ¿qué tipo de indemnización se puede pedir en estos casos?

La valoración económica se hará en función de lo que estime el afectado en principio, y de lo que acepte el juez. La Ley dice que la indemnización se extenderá al daño moral, que se valorará atendiendo a las circunstancias del caso y a la gravedad de la lesión efectivamente producida, para lo que se tendrá en cuenta en su caso, la difusión o audiencia del medio a través del que se haya producido. También se valorará el beneficio que haya obtenido el causante de la lesión como consecuencia de la misma.

Asociación de Internautas


Encontrado aqui http://www.internautas.org/html/4383.html

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